San Fernando de Apure, 13 de Agosto 2.014
204° y 155°
SOLICITUD: 14-99
SENTENCIA: DEFINITIVA
MATERIA: CIVIL
PROCEDIMIENTO: TITULO SUPLETORIO
SOLICITANTE: MEDARDO JOSE ROMERO LOPEZ
FECHA DE ENTRADA 04 DE AGOSTO DE 2014.
Vista la Solicitud Nº 14-99, presentada por el ciudadano MEDARDO JOSE ROMERO LOPEZ, venezolano, mayor de edad, soltero, de este domicilio, titulare de la Cédula de Identidad N° V-9.838.397, quien ha solicitado les sean declaradas suficientes las probanzas evacuadas para asegurarse la propiedad y otros derechos sobre las bienhechurias que describen en su solicitud, vistas y oídas como fueron las mismas, así como las declaraciones de los testigos que se ordenó evacuar, encontradas conformes. Este Tribunal Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios San Fernando y Biruaca de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil y sin perjuicio de terceros de igual o mejor derecho, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley, DECLARA TÍTULO SUPLETORIO DE PROPIEDAD Y POSESIÓN, suficiente sobre un conjunto de bienhechurias construidas sobre un terreno del Municipio San Fernando, según consta el Contrato de Arrendamiento de Ejido, debidamente autorizado por “EL ARRENDADOR” representado en este acto por el Sindico Procurador Municipal Abog. FRANCISCO IGNACIO APONTE MIRABAL, de la Alcaldía del Municipio San Fernando, Estado Apure, con una superficie de terreno de QUINIENTOS OCHENTA Y OCHO METROS CUADRADOS (588,00 M2), ubicado en la “Calle Carlos Rodríguez Rincones”. Municipio San Fernando, cuyos linderos y medidas son los siguientes: NORTE: Casa de la Familia Guadamo, CON VENINTIUN METROS (21,00 Mts); SUR: Casa de la Familia Rodríguez, CON VEINTIUN METROS (21,00 Mts); ESTE: Terreno de la sra. Norka Palacios, CON VEINTIOCHO METROS (28,00 Mts); OESTE: Calle Carlos Rodríguez Rincones, CON VEINTIOCHO METROS (28,00 Mts); las cuales están constituidas por las siguientes características: Una (01) casa de habitación familiar, de construcción de mampostería, con piso de cemento pulido baldosa y terracota, techo de acerolit, instalaciones eléctricas internas en su totalidad, compuesta de: Tres (03) habitaciones dormitorios, Una (01) cocina empotrada, Un (01) recibo, Un (01) comedor, Una (01) sala de lavandería, Dos (02) salas de baño con sus respectivos accesorios, puertas de hierro y madera, ventanas de basculante, cercada perimetralmente con paredes de bloques, frisados y pintados, y rejas metálicas, Un (01) corredor techado, Un (01) porche, Un (01) tanque aéreo para almacenamiento de agua potable, y además cuenta con todos los servicios básicos en las cuales invirtieron una suma de TRECIENTOS SESENTA MIL BOLIVARES (Bs 360.000,00). Bienhechurias que se determinan en la Solicitud y mediante Justificativo de Testigos evacuados ante este Tribunal, a favor del ciudadano MEDARDO JOSE ROMERO LOPEZ, plenamente identificados. Se ordena devolver las resultas al Solicitante.
El Juez;
Abog. FRANCISCO JAVIER PADRON.
La Secretaria Titular;
Abog. MARIA M ARANGUREN T.
En esta misma fecha se devuelven las presentes actuaciones, y consta de ( ) folios útiles, quedó anotado en el punto Nº , al folio , del libro diario.
La Secretaria Titular;
Abog. MARIA M ARANGUREN T.
SOLICITUD N°. 14-99.
FJP/MMAT/Yudit.-
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