LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE:




JUZGADO SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SAN FERNANDO Y BIRUACA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO APURE


Biruaca, 15 de Diciembre de 2014
203° y 155°

Por recibido y visto el oficio S/N, recibido por éste despacho en fecha 09 de Diciembre del corriente año, emanado de la fiscalía Sexta de la circunscripción Judicial del Estado Apure, mediante el cual remiten actuaciones constante de Once (11) folios útiles, suscrito por la abogada CARMEN LUISA BARRIOS CASTILLO, quien actuando en su carácter del Fiscal Sexta del Ministerio Publico de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, conforme al artículo 170 literal “c” de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, en beneficio de los niños dd, remite acuerdo de obligación suscrito por los ciudadanos: JOSE ALEXIS LOPEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 17.394.625 y la ciudadana BEXAIDA CAROLINA SANDOVAL VERENZUELA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 18.145.559, para su respectiva Homologación Judicial, désele entrada, anótese en el libro de causa de Familia que lleva éste Despacho bajo el Nº 2090-14. Éste Juzgado Segundo del Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios San Fernando y Biruaca de la circunscripción Judicial del Estado Apure, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Declara: HOMOLOGADO el presente Convenimiento Judicial en la forma y oportunidad de pago convenido por las partes antes nombradas, de conformidad con el articulo 375 en concordancia con el artículo 365 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente. En consecuencia, se impone de carácter Definitivo PRIMERO: El padre se compromete aportar la cantidad de MIL DOSCIENTOS BOLIVARES (Bs. 1.200,00) mensuales. SEGUNDO: Igualmente se compromete a pagar a sus hijos un bono Único Escolar de SEIS MIL BOLIVARES (6.000, 00), para el 15 de Septiembre del 2015, con motivo del inicio del nuevo año escolar para la compra de útiles y uniformes. TERCERO: Asimismo se compromete a suministrarles a sus hijos un bono único Decembrino por la cantidad de NUEVE MIL BOLÍVARES (Bs. 9.000,00), para gastos propios de las festividades decembrinas. CUARTO: En lo referente a consultas médicas, medicinas, exámenes, vestidos, recreación o cualquier otro gasto extraordinario que requieran sus hijos, serán compartidos por ambos padres en un 50% cada uno. QUINTO: Las cantidades acordadas serán depositadas por el por el padre, en la cuenta de ahorro Nº 1750051140050153051 del banco Bicentenario, a nombre de la ciudadana BEXAIDA CAROLINA SANDOVAL VERENZUELA.
Se acuerda notificar a la Fiscalía Sexta del Ministerio Publico de la Circunscripción Judicial del Estado Apure de conformidad con el artículo 172 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente y a la Defensoría del Niño y del adolescente del Municipio Biruaca del Estado Apure indicándole sobre la Homologación Judicial del Convenimiento de obligación alimentaria antes expuestos en la presente causa. Líbrese notificaciones.
Igualmente, se puede observar en las actuaciones, que existe una causa principal llevada por las partes, en el Tribunal de Protección del Niño, Niña y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, signada con el Nº 17.371, en consecuencia, este Juzgado ordena oficial al referido Tribunal a los fines de que envíen dicha causa con motivo de que sea anexada a este expediente. Líbrese Oficio.

LA JUEZA, (FDO)
Dra. JEANNET J. AGUIRRE DELGADO
EL SECRETARIO.
(FDO)
Dr. LENIN ALEXANDER POLANCO
Seguidamente siendo las 10:00 a.m. y como fue ordenado se registró, publicó y se dejó copia certificada de la anterior HOMOLOGACIÓN DE CONVENIMIENTO JUDICIAL de obligación alimentaria, con fuerza de Sentencia Definitiva.
EL SECRETARIO.
(FDO)
Dr. LENIN ALEXANDER POLANCO
JAD/LAP/arturo
Exp. Nº 2090-14



Quien suscribe, Dr. LENIN ALEXANDER POLANCO, Secretario del Juzgado del Municipio Biruaca de la Circunscripción Judicial del estado Apure, CERTIFICA: Que la presente copia constante de dos (02) folios útiles son traslado fiel y exacto de su original la cual cursa en el Expediente Nº 2090-14, Biruaca, 15 de Diciembre de 2014.
EL SECRETARIO

Dr. LENIN ALEXANDER POLANCO