San Fernando de Apure, 18 de Diciembre 2.014
204° y 155°
SOLICITUD: 14-248
SENTENCIA: DEFINITIVA
MATERIA: CIVIL
PROCEDIMIENTO: TITULO SUPLETORIO
SOLICITANTE: KATIUZCA JACKELINE ZERPA
FECHA DE ENTRADA 8 DE DICIEMBRE DE 2014.
Vista la Solicitud Nº 14-248, presentada por la ciudadana KATIUZCA JACKELINE ZERPA MENDOZA, Venezolana, mayor de edad, de este domicilio, titular de la cédula de identidad Nº V- 15.680.531, quien ha solicitado les sean declaradas suficientes las probanzas evacuadas para asegurarse la propiedad y otros derechos sobre las bienhechurías que describen en su solicitud, vistas y oídas como fueron las mismas, así como las declaraciones de los testigos que se ordenó evacuar, encontradas conformes. Este Tribunal Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios San Fernando y Biruaca de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil y sin perjuicio de terceros de igual o mejor derecho, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley, DECLARA TÍTULO SUPLETORIO DE PROPIEDAD Y POSESIÓN, sobre un lote de terreno Propiedad de KATIUZCA JACKELINE ZERPA MENDOZA, Venezolana, mayor de edad, de este domicilio, titular de la cédula de identidad Nº V- 15.680.531, respectivamente según consta en Documento debidamente registrado por ante el Registro Público del Municipio San Fernando Estado Apure, quedando anotado bajo el Nº 35, folios 136 del Tomo 07 del protocolo de Trascripción del año 2012, jurisdicción del Municipio San Fernando. Estado Apure, con una superficie de terreno de TRESCIENTO NOVENTA Y SIETE METROS CON SETENTA Y OCHO CENTIMETROS, (397,78 M2) Ubicado en el barrio “SANTA JUANA I” cuyos linderos y medidas son los siguientes: NORTE: Familia Hurtado, en (34.00 mts) SUR: Familia Marchena, en (34.00 mts) ESTE: Avenida 5 de Julio, en (11.70 mts); OESTE: Familia Garrido, en (11.70mts); y que con dinero de su propio peculio, a sus solas y únicas expensas ha construido en un lote de terreno bienhechurías las cuales están constituida una (01) Casa de Mampostería de Dos Plantas: PLANTA BAJA: Tres locales comercial que se distribuyen, LOCAL 1A: De 130 M2 cuadrados, Techo de Platabanda, Piso de Cemento, Una (01) Sala de estar, Dos (02) baños, Una (01) Puerta Santamaría. LOCAL 1B: De 88m2 Cuadrados, Techo de Platabanda, Piso de Cemento, Una (01) Oficina, Un (01) Deposito, Una (01) Puerta de Santamaría. LOCAL 1C: de (52m2) Cuadrados, Techo de Platabanda, Piso de Cemento, Una (01) Oficina, Una (01) Puerta de Santamaría, Un (01) Portón de Hierro y un Deposito de Hidroneumáticos. PRIMER PISO: Un Apartamento que su descripción es; Tres (3) Habitaciones, Techo de Platabanda, Dos (2) Baños, Una (01) Cocina, Una (1) Sala Comedor, Una (1) Sala de Estar, Un (01) Lavandero, Un (01) Balcón, Un (1) Salón de Reuniones, Paredes de bloques frisada, Mescrillada y Pintadas, Puertas de Hierro y Ventanas Panorámica, Agua y Luz. Los cuales están totalmente pagados. Se ordena devolver las resultas a el Solicitante.-
El Juez
ABG. FRANCISCO JAVIER PADRÓN.
La Secretaria Temporal;
ABG. MILVIDA UTRERA ROJAS.-
En esta misma fecha se devuelven las presentes actuaciones, y consta de ( ) folios útiles, quedó anotado en el punto Nº , al folio ., del libro diario.
La Secretaria Temporal;
ABOG. MILVIDA UTRERA ROJAS.-
SOLICITUD N°. 14-248.
FJP/MUR/LUISANA
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