San Fernando de Apure, 08 de Diciembre 2.014
204° y 155°
SOLICITUD: 14-222
SENTENCIA: DEFINITIVA
MATERIA: CIVIL
PROCEDIMIENTO: TITULO SUPLETORIO
SOLICITANTE: FRANCISCO AROLDO MOORE PERALTA Y HERLINDA MARÍA MARTÍNEZ
FECHA DE ENTRADA 24 DE NOVIEMBRE DE 2014.
Vista la Solicitud Nº 14-222, presentada por los ciudadanos FRANCISCO AROLDO MOORE PERALTA y HERLINDA MARÍA MARTÍNEZ, de nacionalidad chilena el primero y venezolana la segunda, mayores de edad, solteros, de este domicilio, titulares de la cédula de identidad Nº E- 80.303.996, V- 8.676.598, respectivamente, quienes han solicitado les sean declaradas suficientes las probanzas evacuadas para asegurarse la propiedad y otros derechos sobre las bienhechurias que describen en su solicitud, vistas y oídas como fueron las mismas, así como las declaraciones de los testigos que se ordenó evacuar, encontradas conformes. Este Tribunal Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios San Fernando y Biruaca de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil y sin perjuicio de terceros de igual o mejor derecho, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley, DECLARA TÍTULO SUPLETORIO DE PROPIEDAD Y POSESIÓN, sobre un lote de terreno Propiedad de FRANCISCO AROLDO MOORE PERALTA y HERLINDA MARÍA MARTÍNEZ, de nacionalidad chilena el primero y venezolana la segunda, mayores de edad, solteros, de este domicilio, titulares de la cédula de identidad Nº E- 80.303.996, V- 8.676.598, respectivamente según consta en Documento debidamente registrado por ante el Registro Público del Municipio San Fernando Estado Apure, quedando anotado bajo el Nº 35, folios 136 del Tomo 07 del protocolo de Trascripción del año 2012, jurisdicción del Municipio San Fernando. Estado Apure, con una superficie de terreno de SEISCIENTOS SETENTA Y CINCO METROS CUADRADOS CON CERO CENTIMETROS (675,00 M2), cuyos linderos y medidas son los siguientes: NORTE: Casa que es o fue del Señor Luís Aguilera, CON VEINTICINCO METROS CON CERO CENTIMETROS (25,00 Mts); SUR: Casa y Solar que es o fue del Señor Domingo Guzmán, hoy Calle Independencia, CON VEINTICINCO METROS CON CERO CENTIMETROS (25,00 Mts); ESTE: Casa que es o fue del Señor Manuel Escobar, CON VEINTISIETE METROS CON CERO MCENTIMETROS (27,00 Mts); OESTE: Potreros que fueron o son del Señor Rafael Bolívar Núñez, hoy Calle Diana, CON VEINTISIETE METROS CON CERO CENTIMETROS (27,00 Mts); y que con dinero de su propio peculio, a sus solas y únicas expensas ha construido en un lote de terreno bienhechurias las cuales están constituida por: un (01) edificio con planta baja y dos (02) pisos de altura, construido en un área de 300 m2 de los 675 m2 del terreno, Construcción de Mampostería. La Planta Baja, esta conformada por tres (03) locales comerciales; Comercial PB-01: tiene un área de NOVENTA Y OCHO METROS AL CUADRADO (98m2) aproximadamente, esta formado por paredes de bloque, piso de granito, tres (03) santamarías, tres (03) puertas de seguridad de hierro y dos (02) baños. Comercial PB-02: tiene un área de OCHENTA Y OCHO METROS AL CUADRADO (88m2) aproximadamente, esta formado por paredes de bloque, piso de granito, dos (02) santamarías, una (01) puerta de seguridad trasera de hierro y dos (02) baños. Comercial PB-03: tiene un área de CIENTO UN METROS AL CUADRADO (101m2) aproximadamente, esta formado por paredes de bloque, piso de granito, dos (02) santamarías y dos (02) baños. El Primer Piso esta formado por tres (03) apartamentos con las siguientes características: Apartamento PP-01: tiene un área de SESENTA Y SIENTE METROS AL CUADRADO (67m2) aproximadamente, con una (01) habitación, dos (02) baños, una (01) sala, un (01) comedor, una (01) cocina, piso de cerámica. Apartamento PP-02: tiene un área de SETENTA Y CINCO METROS AL CUADRADO (75m2) aproximadamente, con dos (02) habitaciones, dos (02) baños, un (01) lavandero con patio y entrada de luz, una (01) sala, un (01) comedor, una (01) cocina, piso de cerámica. Apartamento PP-03: tiene un área de SETENTA Y CINCO METROS AL CUADRADO (75m2) aproximadamente, con dos (02) habitaciones, dos (02) baños, un (01) lavandero con patio y entrada de luz, una (01) sala, un (01) comedor, una (01) cocina, piso de cerámica. Apartamento PP-04: tiene un área de CIENTO VEINTE METROS AL CUADRADO (120m2) aproximadamente, con tres (03) habitaciones, dos (02) baños, un (01) lavandero, una (01) sala, un (01) comedor, una (01) cocina, piso de cerámica. El Segundo Piso del edificio esta formado por cuatro (04) apartamentos con las siguientes características: Apartamento SP-01: tiene un área de SESENTA Y SIETE METROS CUADRADOS (67m2) aproximadamente, con una (01) habitación, dos (02) baños, una (01) sala, un (01) comedor, una (01) cocina, piso de cerámica. Apartamento SP-02: tiene una área de SETENTA Y CINCO METROS AL CUADRADO (75m2) aproximadamente, con dos (02) habitaciones, dos (02) baños, un (01) lavandero con patio y entrada de luz, una (01) sala, un (01) comedor, una (cocina), piso de cerámica. Apartamento SP-03: tiene un área de SETENTA Y CINCO METROS AL CUADRADO (75m2), aproximadamente, con dos (02) habitaciones, dos (02) baños, un (01) lavandero con patio y entrada de luz, una (01) sala, un (01) comedor, una (01) cocina, piso de cerámica. Apartamento SP-04: tiene un área de CIENTO VEINTE METROS AL CUADRADO (120m2), aproximadamente, con tres (03) habitaciones, dos (02) baños, un (01) lavandero, una (01) sala, un (01) comedor, una (01) cocina, piso de cerámica. Además cuenta con todos los servicios básicos, en las cuales se invirtieron una suma de SIETE MILLONES DE BOLÍVARES (Bs.7.000.000,00). A favor de los ciudadanos FRANCISCO AROLDO MOORE PERALTA y HERLINDA MARÍA MARTÍNEZ, plenamente identificados. Se ordena devolver las resultas a los Solicitantes.-
El Juez Temporal;
ABG. FRANCISCO JAVIER PADRÓN.
La Secretaria Temporal;
ABG. MILVIDA UTRERA ROJAS.-
En esta misma fecha se devuelven las presentes actuaciones, y consta de ( ) folios útiles, quedó anotado en el punto Nº , al folio ., del libro diario.
La Secretaria Temporal;
ABOG. MILVIDA UTRERA ROJAS.-
SOLICITUD N°. 14-222.
FJP/MUR/gv.-
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