REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
CORTE DE APELACIONES
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
CIRCUITO JUDICIAL PENAL DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO APURE
CORTE DE APELACIONES
San Fernando de Apure, 4 de febrero de 2014.
203° y 154°
Causa Nº 1Inh-2702-14.
JUEZA PONENTE: NELLY MILDRET RUIZ RUIZ.
Corresponde a esta Alzada decidir la inhibición planteada el 2-2-2014 por el Abg. Edwin Manuel Blanco Lima, Juez Primero de Primera Instancia en funciones de Control del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, quien alegó como causal para separarse del conocimiento de la causa que cursaba ante el Despacho a su cargo en el expediente Nº 1C-19.554-14, la prevista en el numeral 8 del artículo 89 Código Orgánico Procesal Penal. La Corte pasa a pronunciarse en los siguientes términos:
I
DE LA INHIBICIÓN PLANTEADA
El Juez Primero de Primera Instancia en funciones de Control, mediante acta cursante al folio 1 del presente cuaderno de incidencia, expresó como sustento de su inhibición:
“… ME INHIBO, del conocimiento en la causa signada con el Nº 1C-19.554-14 seguida al ciudadano: JOSE RAMON CARRASQUEL, por ser el profesional del Derecho ABG. MARCOS ANTONIO CASTILLO BETANCOURT, en (sic) Defensor Privado del ciudadano antes mencionado; tal como se evidencia de las actuaciones que se acompañan; inhibición esta planteada en los mismos términos de la remitida en fecha 04-11-2011, en el asunto penal 1C-14213-11, el 16-11-2011, en el asunto penal 1C-6435-04, y el 1C-12987-10, el 23-11-2011. Siendo en fecha 06-12-2011, declarada con lugar la primera de la (sic) citada (sic) por la Corte de Apelaciones de este Circuito Judicial Penal, así como el resto de las planteadas en los mismos términos. Por lo que considero a los fines de garantizar la imparcialidad y transparencia en el presente proceso y los demás, que debe ser otro Juez o Jueza distinta quien conozca este asunto penal, por indicación expresa de la ley, ya que mi animo (sic) se ve lesionado, afectando la capacidad para decidir con objetividad, siendo mi deber preservar la confianza de los justiciables hacia la administración de justicia… Por tal razón, atendiendo a lo previsto en el numeral 8º (sic) del artículo 89 ejusdem, es que estimo ajustado a derecho a los fines como se dijo, de garantizar la imparcialidad y transparencia en el presente proceso, plantear la inhibición…”.
II
MOTIVACIONES PARA DECIDIR
El Juez Abg. Edwin Manuel Blanco Lima fundamentó su inhibición alegando: “…ME INHIBO, del conocimiento en la causa signada con el Nº 1C-19.554-14 seguida al ciudadano: JOSE RAMON CARRASQUEL, por ser el profesional del Derecho ABG. MARCOS ANTONIO CASTILLO BETANCOURT, en (sic) Defensor Privado del ciudadano antes mencionado; tal como se evidencia de las actuaciones que se acompañan; inhibición esta planteada en los mismos términos de la remitida en fecha 04-11-2011, en el asunto penal 1C-14213-11, el 16-11-2011, en el asunto penal 1C-6435-04, y el 1C-12987-10, el 23-11-2011. Siendo en fecha 06-12-2011, declarada con lugar la primera de la (sic) citada (sic) por la Corte de Apelaciones de este Circuito Judicial Penal, así como el resto de las planteadas en los mismos términos…” (Folio 1 del presente cuaderno de incidencia).
Esta Corte, como señaló el Abg. Edwin Manuel Blanco Lima, el 6-12-2011, con Ponencia de la Juez Abg. Zuleima Zarate Laprea en el expediente Nº 1Inh-2133-11, dictó decisión mediante la cual declaró con lugar, con sustento en el numeral 8 del artículo 86 del para entonces vigente Código Orgánico Procesal Penal, inhibición que planteara invocando también el hecho de haberle enviado el Abg. Marcos Castillo una serie de mensajes sms, a su teléfono celular. Con posterioridad a este fallo se produjeron otros que confirmaron aquél, a saber, los dictados en los expedientes: 1Inh- 2190-12 (25-1-2013, Ponencia Juan Carlos Goitia Gómez); 1Inh-2189-12 (24-1-2013, Ponencia Víctor García Flores); 1Inh-2194-12 (24-1-2013, Ponencia Edwin Espinoza); 1Inh-2197-12 (25-1-2013, Ponencia Juan Carlos Goitía Gómez); 1Inh- 2209-12 (24-1-2013, Ponencia Edwin Espinoza); 1Inh-2257-12 (24-1-2013, Ponencia Víctor García Flores); 1Inh- 2296-12 (29-1-2013, Ponencia Juan Carlos Goitía Gómez); 1Inh-2339-12 (24-1-2013, Ponencia Víctor García Flores); 1Inh-2342-12 (29-1-2013, Ponencia Víctor García Flores); 1Inh-2348-12 (24-1-2013, Ponencia Juan Carlos Goitia Gómez); 1Inh-2389-12 (29-1-2013, Ponencia Víctor García Flores); 1Inh-2427-13 (18-2-2013, Ponencia Juan Carlos Goitia Gómez); 1Inh-2579-13 (1-8-2013, Ponencia Juan Carlos Goitia Gómez), 1Inh-2635-13 (10-10-2013, Ponencia Juan Carlos Goitia Gómez) y 1Inh-2641-13 (17-10-2013, Ponencia Nelly Mildret Ruiz).
Luego, existiendo precedentes en el que esta Superior Instancia se pronunció declarando la afectación de imparcialidad del Juez Primero de Control, es por lo que esta Corte, considera que lo ajustado a Derecho en el presente caso es declarar con lugar la inhibición interpuesta el 2-2-2014 por el Juez Edwin Manuel Blanco Lima, de conformidad con el numeral 8 del artículo 89 del Código Orgánico Procesal Penal. Y ASI SE DECIDE.
III
DISPOSITIVA
En virtud de los razonamientos antes expuestos esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA POR AUTORIDAD DE LA LEY, pasa a emitir el siguiente pronunciamiento:
ÚNICO: Declara con lugar la inhibición planteada el 2-2-2014 por el Abg. Edwin Manuel Blanco Lima, Juez Primero de Primera Instancia en funciones de Control del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, de conformidad con el numeral 8 del artículo 89 del Código Orgánico Procesal Penal y artículo 90 eiusdem.
Publíquese, regístrese, diarícese y remítase copia certificada del presente fallo, junto con el cuaderno de incidencia, al Juez Primero en funciones de Control del Circuito judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, para que remita este último al juez que este conociendo del asunto principal. Ofíciese lo conducente.
EDWIN ESPINOZA COLMENARES
JUEZ PRESIDENTE DE LA CORTE DE APELACIONES
NELLY MILDRET RUIZ RUIZ JUAN CARLOS GOITÍA GÓMEZ
JUEZA SUPERIOR JUEZ SUPERIOR
(PONENTE)
ROSMERY TORRES
SECRETARIA
EEC/NMR/JCGG/RT.
1Aa-2702-14.