REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
JUZGADO DEL MUNICIPIO SAN FERNANDO
DEL ESTADO APURE
San Fernando de Apure, 12 de Febrero de 2.014.
203° y 154°
Por recibida y vista la demanda con sus recaudos anexos marcados “1, 2 y 3 ”, incoada por el ciudadano JOSE MAURICIO MONTES, venezolano, mayor de edad, soltero, titular de la Cédula de Identidad N° 21.004.741 y aquí de tránsito, asistido por el Aboado HUGO MANUEL PINO, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 20.678, mediante la cual solicita que este Tribunal ordene la RECTIFICACION DEL ACTA DE NACIMIENTO, que corre inserta en los Libros de Registro Civil de Nacimientos de la Parroquia San Rafael de Atamaica, Municipio San Fernando, Estado Apure, ACTA N° 179 de fecha 28 de Octubre del año 1.997, y por cuanto la misma no es contraria al Orden Público, a las Buenas Costumbres o a alguna disposición expresa de la Ley, désele entrada en el Libro de Causas Civiles bajo el N° 2.014-5.828, y admítase cuanto ha lugar en derecho. El error denunciado consiste en que al momento de asentar el Acta de Nacimiento en referencia en el Libro de Registro Civil de Nacimiento respectivo, se transcribió: UNICO.- El nombre y Cédula de Identidad de la madre del demandante; “ LILIANA DIONICIA MONTES y 16.925.281” siendo lo correcto “LILIANA DIONISIA MONTES y 18.147.255”. Para los efectos probatorios el demandante consignó Acta de Nacimiento expedida por ante el Registro Civil de Nacimiento de la Parroquia San Rafael de Atamaica, Municipio San Fernando, Estado Apure, marcada con el Nº “2”, Copia de la Cédula de Identidad, marcada con el número “3”,. Probado como ha sido lo alegado y vista la obviedad del error denunciado que no amerita la tramitación de un juicio ordinario de Rectificación del Acta de Nacimiento; este Tribunal de conformidad con los Artículos 773 y 774 del Código de Procedimiento Civil, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la presente acción y ordena Oficiar al Registro Civil de Nacimiento de la Parroquia San Rafael de Atamaica, Municipio San Fernando, Estado Apure, a los fines de que estampe la correspondiente NOTA MARGINAL de la referida Acta de Nacimiento del ciudadano JOSE MAURICIO MONTES, en el sentido de que corrija el nombre y cédula de la madre de la demandante, haciéndose aparecer los mismos como lo ordena esta Sentencia. Expídanse por Secretaría copias certificadas que fueren menester a la demandante por cuanto la referida Acta de Nacimiento reposa en ese Despacho se acuerda estampar la Nota Marginal haciéndose la respectiva corrección.
PUBLIQUESE, REGISTRESE Y DEJESE COPIA CERTIFICADA.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho de este Juzgado, en la ciudad de San Fernando de Apure, Estado Apure a las 2:00 p.m., del día doce (12) del mes de Febrero del año 2014. Años: 203° de la Independencia y 154° de la Federación. Líbrese oficio.
La Juez,
Abog. EUMELY J. SANCHEZ MARTINEZ.
La Secretaria Temp.,
Abog. ANANGELICA M. TAPIA P.
En esta misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado, se libró oficio N° 14-126 y quedó anotada en el punto N° , al folio del Libro Diario.
La Secretaria Temp.,
Abog. ANANGELICA M. TAPIA P.
Db.
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