REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Segundo de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y
Ejecución del Circuito de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la
Circunscripción Judicial del Estado Apure.-
San Fernando, 18 de Julio de 2.014
204º y 155º
Vista la diligencia que antecede de fecha 17-07-2.014, suscrita por el ciudadano JUAN DE MATAS ALVARADO SALAS, plenamente identificado en autos, debidamente asistido por el profesional del Derecho SALOMÉ BLANCO, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nro. 15.171, y observándose que en fecha 25-06-2.014, se dictó Sentencia en la causa, mediante la cual se declara disuelto el vinculo matrimonial que unía a los ciudadanos JUAN DE MATAS ALVARADO SALAS e YRIS YAMILET FUENMAYOR PIÑA, venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identidad Nos. 16.774.892 y 19.191.805, en su orden, en tal sentido, este Juzgador en uso de sus atribuciones que le confiere la Ley, ACUERDA SU EJECUCIÓN, de conformidad con lo dispuesto en los Artículos 475 y 506 del Código Civil Venezolano, en consecuencia, Expídanse por Secretaría dos (02) juegos de copias debidamente certificadas para los interesados, de conformidad con los Artículos 111 y 112 del Código de Procedimiento Civil y remítanse las necesarias a las Autoridades Civiles competentes a los fines que estampe Nota Marginal respectiva. Igualmente se ordena el cierre de la presente causa y remitir la misma al Archivo Judicial de esta ciudad, por cuanto no hay más actuaciones que practicar. Cúmplase lo ordenado. Líbrese lo Conducente.-
El Juez Provisorio
Abog. RAMÓN RIVAS LORETO
La Secretaria,
Abg. DAYAN MARTINEZ
Seguidamente se le dio cumplimiento a lo ordenado.-
La Secretaria,
Abg. DAYAN MARTINEZ
Exp. Nro. JMSS2-1506-14
RRL/DM/nicxon.-
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