REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE




Tribunal Primero de Municipio Ordinario y
Ejecutor de Medidas de los Municipios
San Fernando y Biruaca
de la Circunscripción Judicial

San Fernando de Apure, 15 de Julio de 2014

204° y 155°

Vista la Solicitud presentada por la ciudadana MAYRA YUVIRIS ÁLVAREZ AQUINO, venezolana, mayor de edad, soltera, titular de la Cédula de Identidad N°. V- 13.805.693, signada con el N°. 2.014- 401; quien ha solicitado le sean declaradas suficientes las probanzas evacuadas para asegurarse la propiedad y otros derechos sobre las bienhechurías que describe en su Solicitud.- Vistas y oídas como fueron las mismas, así como las declaraciones de los testigos que se ordenó evacuar y encontradas conformes.- Este Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios San Fernando y Biruaca de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 937 del Código de Procedimiento Civil y sin perjuicio de terceros de igual o mejor derecho, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley, DECLARA: TITULO SUPLETORIO DE PROPIEDAD Y POSESIÓN, suficiente sobre las bienhechurías construidas en un lote de terreno propiedad municipal, según AUTORIZACION emanada de la Alcaldía del Municipio Autónomo San Fernando, SINDICATURA MUNICIPAL en fecha 19 de Junio de 2.014, suscrita por la ciudadana Abogada JHEANCERLHIS DEL VALLE ECHENIQUE ROJAS, en su condición de Síndico Procurador Municipal; constante de CUATROCIENTOS DIECISIETE METROS CUADRADOS CON SETENTA Y SEIS CENTÍMETROS (417,76 M2), ubicado en la Parroquia San Rafael de Atamaica, SECTOR SAN RAFAEL DE ATAMAMICA, CALLE ALÍ PRIMERA S/N°., Municipio San Fernando, Estado Apure, comprendido dentro de los siguientes linderos y medidas: NORTE: Calle Alí Primera. en Once Metros con Veinte Centímetros (11,20 Mts); SUR: Terreno de Pablo Hurtado, en Once Metros con Veinte Centímetros (11,20 Mts); ESTE: Casa de Yaleida Oropeza, en Treinta y Siete Metros con Treinta Centímetros (37,30 Mts), y OESTE: Casa de Luís Rojas, en Treinta y Siete Metros con Treinta Centímetros (37,30 Mts); dichas bienhechurías consisten en Una (01) Casa propia para habitación familiar, construida por Paredes de bloques, Piso de Porcelana, Techo de Platabanda, Ventanas Panorámicas, Puertas de Hierro y Ventanas de Hierro y Vidrio, con el área donde se encuentran edificadas las bienhechurías totalmente cercada con paredes de bloques, y acceso mediante una (10) Reja de Hierro, Una (01) Sala –recibo y comedor, Dos (02) Habitaciones, Una (01) Cocina empotrada, Una (01) Sala de Baño sanitario y Un (01) Garaje); en las cuales se ha invertido la cantidad de DOSCIENTOS MIL BOLIVARES (Bs. 200.000,00) fomentadas a las únicas y propias expensas de la ciudadana MAYRA YUVIRIS ÁLVAREZ AQUINO, plenamente identificada en el escrito de Solicitud. Se ordena devolver estas resultas a la Solicitante.-

La Juez,

Abg. EUMELY J. SANCHEZ MARTINEZ.

La Secretaria,

Abg. PETRA M. SILVA DIAMOND.

En esta misma fecha se devuelven las presentes actuaciones al interesado, constante de:
( ) folios útiles y, quedó anotada en el punto N°. , al folio del Libro Diario.

La Secretaria,

Abg. PETRA M. SILVA DIAMOND.



SOLICITUD N°. 13- 478.-
EJSM/orcr/mder.-
Doy fe de la exactitud de las copias que anteceden, las certifico de orden del Tribunal, en San Fernando de Apure a los Veintisiete (27) días del mes de Mayo del año Dos Mil Trece (2013).- Años: 203º de la Independencia y 154° de la Federación.

La Secretaria,


Abg. PETRA M. SILVA DIAMOND.


















































PMSD/mder.-