REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
CIRCUITO JUDICIAL DE PROTECCIÓN
TRIBUNAL SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA DE MEDIACION, SUSTANCIACION Y EJECUCION DE PROTECCIÓN DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO APURE CON SEDE EN SAN FERNANDO DE APURE.-

San Fernando de Apure, 11 de Junio del año 2.014.-
204º y 155º


ASUNTO: 19.226-09.-

Vista la diligencia que antecede de fecha 11-06-2.014, suscrita por los ciudadanos ELTON JESUS SANZ SUAREZ y YECENIA JOSEFINA ESPAÑA BOLIVAR, venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identidad N° 14.812.397 y 15.682.078, en su carácter de padre de los HNOS. (se omite la identidad de conformidad con lo establecido en el artículo 65 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes), mediante la cual la ambos ciudadanos REVOCAN en todas y cada una de sus partes el convenio de Obligación de Manutención firmado por ante la Defensoría del Niño, Niña y Adolescente del Municipio San Fernando, Estado Apure en fecha 15-09-2.009, por cuanto existe una conformidad y armonía entre familia; por todas las consideraciones precedentemente expuestas, este Tribunal Segundo de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Apure con sede en San Fernando de Apure, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la ley, HOMOLOGA dicho desistimiento de conformidad con lo establecido en el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil, así mismo se acuerda suspender todas las Medidas de Obligación de Manutención dictadas en contra del mencionado ciudadano en fecha 30-11-2.009 y notificadas mediante oficio N° 2.433 de la misma fecha, para lo cual se ordena oficiar al organismo empleador del obligado, en consecuencia, se da por terminado el presente procedimiento y se ordena el archivo del expediente respectivo.- Cúmplase.-
El Juez Prov.,


Dr. RAMON ANTONIO RIVAS
La Secretaria,


Abg. DAYAN MARTINEZ
Conforme a lo ordenado se dio cumplimiento a lo ordenado en esta misma fecha
La Secretaria,


Abg. DAYAN MARTINEZ
RAR/homer.-