San Fernando de Apure, 12 de Junio 2.014
204° y 155°
SOLICITUD: 14-52
SENTENCIA: DEFINITIVA
MATERIA: CIVIL
PROCEDIMIENTO: TITULO SUPLETORIO
SOLICITANTE: YENNY ZULET RICO
FECHA DE ENTRADA 09 DE JUNIO DE 2014.
Vista la Solicitud Nº 14-52, presentada por la ciudadana YENNY ZULET RICO, venezolana, mayor de edad, soltera, de este domicilio, titular de la Cédula de Identidad N° V- 14.218.467, quien ha solicitado le sean declaradas suficientes las probanzas evacuadas para asegurarse la propiedad y otros derechos sobre las bienhechurias que describen en su solicitud, vistas y oídas como fueron las mismas, así como las declaraciones de los testigos que se ordenó evacuar, encontradas conformes. Este Tribunal Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios San Fernando y Biruaca de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil y sin perjuicio de terceros de igual o mejor derecho, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley, DECLARA TÍTULO SUPLETORIO DE PROPIEDAD Y POSESIÓN, sobre un lote de terreno de mi Propiedad, según consta de Titulo de Adjudicación de Propiedad de Tierras Publicas Urbanas Documento este Registrado por ante la Oficina del Registro Publico de Municipio San Fernando del Estado Apure de fecha 29 de Abril de 2014, anotado bajo el N° 2014.691, Asiento Registral 1 del Inmueble Matriculado con el N° 271.3.6.1.13616 y correspondiente al libro de Folio Real del año 2014, Ubicado específicamente en el “Barrio El Bucare I”, Jurisdicción del Municipio San Fernando, Estado Apure, con una superficie de terreno de TRESCIENTOS DOS METROS CUADRADOS CON CINCUENTA Y UN CENTIMETROS (302,51 M2), en cuyos linderos y medidas son los siguientes: NORTE: Familia Ulacio Rico, CON SIETE METROS CON SESENTA CENTIMETROS (7,60 Mts); SUR: Segunda calle el Bucare, CON SIETE METROS CON SESENTA CENTIMETROS (7,60 Mts); ESTE: Vereda C/ de la Familia Santana, CON VENTICINCO METROS CON CERO CENTIMETROS (25,00 Mts); OESTE: Familia Herrera, CON VENTICINCO METROS CON CERO CENTIMETROS (25,00 Mts); y que con dinero de su propio peculio, a sus solas y únicas expensas ha construido bienhechurias las cuales están constituida por: Una (01) casa de tipo familiar construida de bloque y cemento, la misma presenta el techo de acerolit, paredes de bloque y frisadas, con su puerta principal, se encuentra distribuida de la siguiente manera: Un (01) Comedor, Una (01) sala, Una (01) Cocina, Un (01) Baño, tres (03) habitaciones, dicha Vivienda tiene una dimensión de Once Metros con Noventa Centímetros (11,90 Mtrs), de largo y Seis Metros con Cincuenta Centímetros (6,50 Mtrs), de ancho, en las cuales se invirtieron una suma de SETECIENTOS MIL BOLIVARES (Bs.700,00). A favor de la ciudadana YENNY ZULET RICO, plenamente identificada. Se ordena devolver las resultas al Solicitante.-
El Juez Temporal;
Abog. FRANCISCO JAVIER PADRON.
El Secretario Temporal;
Abog. ANTONIO FRANCO.-
En esta misma fecha se devuelven las presentes actuaciones, y consta de ( ) folios útiles, quedó anotado en el punto Nº , al folio , del libro diario.
El Secretario Temporal;
Abog. ANTONIO FRANCO.-
SOLICITUD N°. 14-52.
FJP/AF/Yudit.-
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