San Fernando de Apure, 17 de Junio 2.014
204° y 155°
SOLICITUD: 14-61
SENTENCIA: DEFINITIVA
MATERIA: CIVIL
PROCEDIMIENTO: TITULO SUPLETORIO
SOLICITANTE: JOSEFA ANTONIA LEMO DE ESCALONA
FECHA DE ENTRADA 12 DE JUNIO DE 2014.
Vista la Solicitud Nº 14-61, presentada por la ciudadana JOSEFA ANTONIA LEMO DE ESCALONA, venezolana, mayor de edad, casada, de este domicilio, titular de la Cédula de Identidad N° V- 2.208.129, quien ha solicitado le sean declaradas suficientes las probanzas evacuadas para asegurarse la propiedad y otros derechos sobre las bienhechurias que describen en su solicitud, vistas y oídas como fueron las mismas, así como las declaraciones de los testigos que se ordenó evacuar, encontradas conformes. Este Tribunal Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios San Fernando y Biruaca de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil y sin perjuicio de terceros de igual o mejor derecho, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley, DECLARA TÍTULO SUPLETORIO DE PROPIEDAD Y POSESIÓN, sobre un terreno del Municipio San Fernando, según consta el Contrato de Arrendamiento Ejido, debidamente autorizado por “EL ARRENDADOR” Sindico Procurador (E), Municipal Abog. JHEANCERLHIS DEL VALLE ECHENIQUE ROJAS, de la Alcaldía del Municipio San Fernando, Estado Apure, con una superficie de terreno de TRESCIENTOS TREINTA Y DOS METROS CUADRADOS CON CINCUENTA Y UN CENTIMETROS (332,51 M2), ubicado en la parroquia San Fernando, Avenida “España” cuyos linderos y medidas son los siguientes: NORTE: Avenida España, CON TRECE METROS CON SETENTA Y CUATRO CENTIMETROS (13,74 Mts); SUR: Edificio Propiedad del señor Franco Leoni, CON TRECE METROS CON SETENTA Y CUATRO CENTIMETROS (13,74 Mts); ESTE: Casa de la señora Carmela Leoni, CON VEINTICUATRO METROS CON VEINTE CENTIMETROS (24,20 Mts); OESTE: Casa de Cecilio Silva, CON VEINTICUATRO METROS CON VEINTE CENTIMETROS (24,20 Mts); ha construido bienhechurias las cuales están constituida por: Una (01) casa de habitación la internamente esta formada por cuatro (04) habitaciones, dos (02) locales comérciales, una cocina, una sala y techo de zinc, en las cuales se invirtieron una suma de CUARENTA MIL BOLIVARES (Bs.40.000,00). A favor de la ciudadana JOSEFA ANTONIA LEMO DE ESCALONA, plenamente identificada. Se ordena devolver las resultas al Solicitante.-
El Juez Temporal;
Abog. FRANCISCO JAVIER PADRON.
El Secretario Temporal;
Abog. ANTONIO FRANCO.-
En esta misma fecha se devuelven las presentes actuaciones, y consta de ( ) folios útiles, quedó anotado en el punto Nº , al folio , del libro diario.
El Secretario Temporal;
Abog. ANTONIO FRANCO.-
SOLICITUD N°. 14-61.
FJP/AF/Yudit.-
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