REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO PENAL EN FUNCIONES DE EJECUCIÓN. EXTENSIÓN SAN FERNANDO DE APURE.
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO APURE
TRIBUNAL PRIMERO DE EJECUCION DE PENAS
Y MEDIDAS DE SEGURIDAD
San Fernando de Apure, 06 de Marzo de 2014.
203º y 154º
NUEVO COMPUTO DE PENA
Causa: 1E-2817-13
Juez: Abg. RAQUEL LAYA.
Fiscal: SEPTIMO DEL MINISTERIO PÚBLICO.
Defensores Privados: Abg. JUAN PERNIA CAMPOS, ABG. CRISLENE OROZCO
Delito: ROBO AGRAVADO EN GRADO DE FRUSTRACION Y HURTO CALIFICADO
Penado: LEONARDO JUNIOR GONZALEZ CONTRERAS.
Secretaria: Abg. ANDREYLI UVIEDO.
Revisada como ha sido la presente causa, se evidencia un error en la aplicación del articulo 500 del Código Orgánico Procesal Penal, examinándose que el procedente es el articulo 488 del Código Orgánico procesal penal, por cuanto ya se encontraba vigente para la fecha que ocurrieron los hechos, del Decreto con Rango, valor y Fuerza de Ley Con Vigencia Anticipada; este Tribunal Primero de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad del Circuito Judicial Penal del Estado Apure, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, conforme a lo establecido en el ultimo aparte del articulo 474 del Código Orgánico Procesal Penal, ORDENA: Practicar Nuevo Cómputo de Pena, al ciudadano: LEONARDO JUNIOR GONZALEZ CONTRERAS, titular de cedula de identidad Nº V-20.724.861, relacionado con el asunto penal 1E-2817-13, el cual se encuentra cumpliendo condena de SIETE (07) AÑOS de PRISION, por la comisión del delito de ROBO EN AGRAVADO EN GRADO DE FRUSTRACION Y HURTO CALIFICADO, previsto y sancionado en el articulo 453 ordinales 1° y 458, en concordancia con el 82 del Código Penal, todo ello a los fines de verificar la fecha exacta en que le procede la conmutación de la pena de los Beneficios.
De lo precedentemente examinado, considera este Tribunal, que lo procedente es la aplicación del articulo 488 del Decreto con Rango, valor y Fuerza de Ley con vigencia anticipada al penado: LEONARDO JUNIOR GONZALEZ CONTRERAS, titular de cedula de identidad Nº V-20.724.861.
Ahora bien a los fines de dar cumplimiento al artículo último aparte del 474 Código Orgánico procesal Penal procede a realizar el nuevo cómputo respectivo que recae en contra del prenombrado ciudadano: