REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Segundo de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y
Ejecución del Circuito de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la
Circunscripción Judicial del Estado Apure
San Fernando, 14 de Mayo de 2.014
204º y 155º
SENTENCIA DE AUTORIZACIÓN JUDICIAL PARA TRAMITAR PASAPORTE
IDENTIFICACION DE LAS PARTES:
SOLICITANTE: YANEXIS YANET ESPINOZA FIGUEREDO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 12.584.227.
BENEFICIARIA: Niña Se omite de conformidad con lo establecido en el artículo 65 de la Ley Orgánica Para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes.
I
Vista la solicitud de Autorización Judicial para Tramitar Pasaporte, suscrita por la ciudadana YANEXIS YANET ESPINOZA FIGUEREDO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 12.584.227, en su carácter de madre y representante legal de la Niña Se omite de conformidad con lo establecido en el artículo 65 de la Ley Orgánica Para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, este Tribunal a los fines de providenciar en la presente causa, acuerda expedir la Autorización Judicial para Tramitar Pasaporte solicitada a favor de la Niña antes mencionada, en los siguientes términos:
En fecha 05-05-2.014, se admitió la presente solicitud, en la cual se fijó la Audiencia Única de Jurisdicción Voluntaria, celebrándose la misma en fecha 13-05-2.014, en donde la parte solicitante solicitó se declare Con Lugar la presente causa y la Niña in comento emitió su opinión en relación al procedimiento.-
Ahora bien, revisadas y analizadas como han sido las presentes actuaciones el Tribunal concluye que es beneficiosa al interés de la Niña Se omite de conformidad con lo establecido en el artículo 65 de la Ley Orgánica Para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, expedir la Autorización que se pretende. Y ASÍ SE DECIDE.
Por las rezones precedentemente expuestas, este Tribunal Segundo de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución del Circuito de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara CON LUGAR la presente solicitud, y en consecuencia, AUTORIZA AMPLIA Y SUFICIENTEMENTE a la ciudadana YANEXIS YANET ESPINOZA FIGUEREDO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 12.584.227, para tramitar por ante el Servicio Autónomo de Identificación, Migración y Extranjería (SAIME), el Pasaporte a favor de la Niña Se omite de conformidad con lo establecido en el artículo 65 de la Ley Orgánica Para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, de conformidad con lo establecido en los artículos 08, 63, 393 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes.- Y ASÍ SE DECIDE.- CÚMPLASE.
Dada, Firmada y Sellada en la Sala de Juicio del Tribunal Segundo de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución del Circuito de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, con Sede en San Fernando de Apure, a los Catorce (14) días del mes de Mayo del año 2.014.- Años 204° de la Independencia y 155° de la Federación.-
El Juez Provisorio
Abog. RAMÓN RIVAS LORETO
La Secretaria,
Abg. DAYAN MARTINEZ
En esta misma fecha se publicó la presente Sentencia, siendo la 01:45 p.m.-
La Secretaria,
Abg. DAYAN MARTINEZ
Exp. N° JMSS1-1458-14
RRL/DM/nicxon.
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