REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Segundo de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Apure

San Fernando, 26 de Mayo de 2014
204º y 155°
Vista y analizadas las actas en el presen te expediente y definitivamente firme como ha quedado la Sentencia dictada de fecha 07/03/2014, donde se declara disuelto el vinculo matrimonial que unía a los ciudadanos: GLENY BRICEIDA ARISMENDI AVILA y RAMON EDUARDO GALLEGO LEAL venezolanos, titulares de la Cédula de Identidad N° V-18.145.850 y V-13.254.986, respectivamente, se ordena su ejecución. En consecuencia el Tribunal acuerda expedir copias certificadas y junto con oficios remítase a las Autoridades Civiles competentes, a los fines que estampe Nota Marginal respectiva. Igualmente expídase Cuatro (4) copias certificadas de la Sentencia a la parte solicitante. Igualmente se acuerda cerrar la presente causa y enviar al Archivo Judicial por cuanto no hay más actuaciones que practicar. Cúmplase. Líbrese lo Conducente.-
El Juez Prov.,

ABG. RAMON ANTONIO RIVAS
El Secretario Temporal

Abg. JUAN ANTONIO CASTILLO B.
Se le dio cumplimiento a lo ordenado en esta misma fecha.
El Secretario Temporal
Abg. JUAN ANTONIO CASTILLO B.

Exp. JMSS2-1285-14/RAR/DM/lesvie.-