REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA



TRIBUNAL TERCERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO MUÑOZ
(MANTECAL) DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO APURE
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SOLICITANTES: ANA LORENZA MARTÍNEZ y MIGUEL DE JESUS NIEVES.-
MOTIVO: TITULO SUPLETORIO DE BIENHECHURIAS.
ABOGADO: YRAIDA BONA, I.P.S.A. N°52.831.
SOLICITUD: Nº S-842-14.-
Vista la solicitud presentada por los ciudadanos: ANA LORENZA MARTÍNEZ y MIGUEL DE JESUS NIEVES, venezolanos, mayores de edad, solteros, hábiles en derecho, domiciliados en esta población de Mantecal, Municipio Muñoz del Estado Apure y titular de la Cédula de Identidad Nº V-4.982.665 y V-5.361.606 respectivamente; así como las declaraciones de los testigos. Admítase cuanto ha lugar en derecho la anterior solicitud, por no ser contraria al Orden Público, a las Buenas Costumbres o alguna disposición expresa de la Ley. En consecuencia, este TRIBUNAL TERCERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO MUÑOZ (MANTECAL) DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO APURE, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil y sin perjuicio de terceros de igual o mejor derecho, Declara TITULO SUPLETORIO BASTANTE DE PROPIEDAD Y POSESION, a favor de los ciudadanos ANA LORENZA MARTÍNEZ y MIGUEL DE JESUS NIEVES, antes identificados; sobre las bienhechurías que se determinan en la presente solicitud y mediante el justificativo de testigo evacuado por ante este Tribunal.- Las bienhechurías están conformadas por: Una (01) casa de habitación familiar, conformada por tres (03) habitaciones con un (01) baño interno, una (01) sala comedor, una (01) cocina, un (01) lavadero, un (01) corredor, un (01) garaje, paredes de bloques y cemento, techo de acerolit, un porche, piso de cemento frisado, ventanas y puertas de hierro.- Las mencionadas bienhechurías se encuentran construidas en el sector Barrio Nuevo de la Parroquia Mantecal, Municipio Muñoz del Estado Apure, en un lote de terreno perteneciente a la Municipalidad, según Contrato de Arrendamiento anexo a la presente solicitud, emitido por la Sindicatura Municipal del Municipio Muñoz del Estado Apure, aprobado en Acta y Sesión No. 20, de fecha 19/06/2013, constante de quince (15 Mts.) metros de frente por treinta (30 Mts.) metros de fondo, para un total de CUATROCIENTOS CINCUENTA METROS CUADRADOS (450,00 Mts2); alinderado de la siguiente manera: NORTE: Casa de Sirila Verenzuela; SUR: casa de Cornelio Salas; ESTE: Casa de Lucrecia Córdoba y OESTE: Casa de Ramón Polanco.- En dichas bienhechurías los ciudadanos: ANA LORENZA MARTÍNEZ y MIGUEL DE JESUS NIEVES, invirtieron la cantidad de: VEINTE MIL BOLIVARES (Bs. 20.000,00).-
Devuélvase original de estas resultas al solicitante, quedando anotado en el libro de Solicitudes llevados por este Tribunal durante el presente año bajo el Nº S-842-14.-
Publíquese, regístrese y déjese copia certificada de conformidad con el Artículo 248 del Código de Procedimiento Civil.-
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Tribunal Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Muñoz (Mantecal) de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, a los veintiséis (26) días del mes de Mayo de año dos mil catorce (2.014). AÑOS: 204° Y 155°.-
La Jueza Prov.,

Abog. Ana María Garcías La Secretaria Tit.,

. Abog. Teresa Y. Márquez de Laya
En la misma fecha siendo las 11:00 a.m., se publicó y registró el anterior decreto. Conste.- La Secretaria.-

Abog. Teresa Y. Márquez de Laya