REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
CIRCUITO JUDICIAL DE PROTECCIÓN
TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE MEDIACION, SUSTANCIACION Y EJECUCION DE PROTECCIÓN DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO APURE CON SEDE EN SAN FERNANDO DE APURE.-

San Fernando de Apure, 05 de Noviembre del año 2.014.-
203º y 155º
ASUNTO: JMSS-1-5.874-14.-

Visto el convenimiento que antecede de fecha 30-10-2.014, suscrito entre los ciudadanos FRANCHESCA GUSBENYS FONSECA QUERALES y PRIMBEL ADRIAN ABAD VILLANUEVA, titulares de la Cédula de Identidad Nº 18.016.409 y 18.017.282, mediante el cual el padre RECONOCIO el atraso en la Obligación de Manutención y lo correspondiente al bono escolar que mantiene con su hijo (se omite la identidad de conformidad con lo establecido en el artículo 65 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes) por la suma de SEIS MIL BOLIVARES (Bs. 6.000,oo), los cuales se comprometió a pagar el mismo día 30-10-2.014 entregados personalmente a la ciudadana FRANCHESCA GUSBENYS FONSECA QUERALES en su carácter de madre del niño que nos ocupa, previa firma del recibo correspondiente por la mencionada ciudadana; consecuencia, este Tribunal HOMOLOGA dicho convenimiento en los Términos Expuestos por las partes, de conformidad con lo establecido en el articulo 315 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes en concordancia con los artículos 365, 366 y 375 Ejusdem.- Y así se Decide.- Cúmplase.-
La Juez Prov.,

Dra. DULCE MEDINA
La Secretaria


Abg. NERYS RUIZ
En esta misma fecha siendo las 10:00 a.m., se Publicó y se Registró la anterior Sentencia La Secretaria


Abg. NERYS RUIZ

DM/homer.-