REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
CIRCUITO JUDICIAL DE PROTECCIÓN
TRIBUNAL SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA DE MEDIACION, SUSTANCIACION Y EJECUCION DE PROTECCIÓN DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO APURE CON SEDE EN SAN FERNANDO DE APURE.-
San Fernando de Apure, 05 de Noviembre del año 2014.-
204º y 155º
ASUNTO: JMS2-545-14.-
Vista la presente demanda de Acción Merodeclarativa, presentada en fecha 08-07-2014, por el ciudadano JESUS IVAN CONTRERAS, contra la ciudadana VERONICA DEL CARMEN MEDINA SANCHEZ y admitida en fecha 11 de Julio del 2014, si como también en fecha 30-10-2014 se fijo mediante auto la fase de sustanciación de la audiencia preliminar para el día 30-10-14 a las 10:30am.., celebrándose la misma quienes las partes ciudadanos JESUS IVAN CONTRERAS HERNANDEZ y PARTE DEMANDADA: VERONICA DEL CARMEN MEDINA SANCHEZ, titulares de las cedulas de identidad Nros. 14.520.422 y 12.581.549, en la cual la ciudadana identificada expreso “…que mantuvo concubinato con el ciudadano JESUS IVAN CONTRERAS HERNANDEZ, desde el mes de marzo del 2006 hasta el mes de junio 2014…” Solicitando se Homologue dicho acuerdo; y por cuanto de la revisión del acuerdo realizado, es por lo que este Tribunal Segundo de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, en consecuencia, HOMOLOGA el acuerdo conciliatorio en los todos los Términos Expuestos por las partes, de conformidad con los artículos 256 y 257 del Código de Procedimiento Civil. Cúmplase. ASI SE DECLARA EXPRESAMENTE. Cúmplase.
Regístrese la presente Decisión.
Extiéndase a las partes que las soliciten, copias certificadas del presente fallo.
Dada, firmada y sellada en el Tribunal Segundo de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Apure con sede en San Fernando, a los cinco (05) días del mes de Noviembre del año 2014. Años 204° de la Independencia y 155° de la Federación.-
El Juez Prov.,
Dr. RAMON ANTONIO RIVAS
La Secretaria.,
Abg. DAYAN MARTINEZ
En esta misma fecha siendo las 09:00 a.m., se Publicó y se Registró la anterior Homologación
La Secretaria.,
Abg. DAYAN MARTINEZ
AR/sore.-
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