REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
CIRCUITO JUDICIAL DE PROTECCIÓN
TRIBUNAL SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA DE MEDIACION, SUSTANCIACION Y EJECUCION DE PROTECCIÓN DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO APURE CON SEDE EN SAN FERNANDO DE APURE.-
San Fernando de Apure, 07 de Noviembre del año 2014.-
204º y 155º
ASUNTO: JMS2-529-14.-
Visto el contenido del acta procesal que antecede, suscrita entre los ciudadanos FREDDYS JESUS VILLANUEVA HERRERA y DANIA JOSEFINA ESPINOZA TOVAR, titulares de las cedulas de identidad Nros. 14.947.344 y 14.218.135, quienes convinieron en relación a sus hijos Hnos. Cuya identidad se omite de conformidad con lo establecido en el artículo 65 de la Ley Orgánica Para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, expone el primero de los nombrados: “Ofrezco aumento de la obligación a favor de mis hijos a la suma de UN MIL QUINIENTOS BOLIVARES (Bs. 1500,oo), aportes extras en el mes de Diciembre por la cantidad de SEIS MIL BOLIVARES (Bs. 6000,oo) y en el mes de Septiembre por TRES MIL BOLIVARES (Bs. 3000,oo) a fin de cubrir gastos en inicio de actividades escolares y fechas decembrinas, sumas que se descuenten por mi organismo empleador y depositadas en cuenta de ahorros Nro. 0175005118006031103, existente en el Banco Bicentenario”. La segunda expone: estoy completamente de acuerdo con lo ofrecido y solicita se homologue dicho acuerdo”…; en consecuencia, este Tribunal HOMOLOGA dicho convenimiento en los todos los Términos Expuestos por las partes, de conformidad con el articulo 315, de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes en concordancia con los artículos 365, 366 y 375 Ejusdem.- Y así se Decide.- Líbrese lo conducente.-
El Juez Prov.,
Dr. RAMON ANTONIO RIVAS
La Secretaria.,
Abg. DAYAN MARTINEZ
En esta misma fecha siendo las 09:00 a.m., se Publicó y se Registró la anterior Homologación
La Secretaria.,
Abg. DAYAN MARTINEZ
RAR/sore.-
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