REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y
Ejecución del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Apure.-

San Fernando, 30 de Octubre de 2014
204º y 155º

Vista la diligencia que antecede de fecha 29-10-2.014, suscrita por el ciudadano PEDRO JESÚS ALMERIDA CARVAJAL, titular de la cedula de identidad Nro. 20.907.541, debidamente asistido por la Abog. AURA MARINA FREITES MENDOZA, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nro. 174.442, y observándose que ha quedado definitivamente firme la Sentencia dictada por el Tribunal de Juicio de éste Circuito Judicial en fecha 11-08-2.014. En tal sentido, esta Juzgadora en uso de sus atribuciones que le confiere la Ley, ORDENA SU EJECUCIÓN, mediante la cual se declara disuelto el vinculo matrimonial que unía a los ciudadanos PEDRO JESÚS ALMERIDA CARVAJAL y ÁNGELA MARÍA ORTEGA SÁNCHEZ, venezolanos, mayores de edad, cónyuges, titulares de las cédulas Nros. V-20.907.541 y 20.906.313, en su orden, de conformidad con lo dispuesto en los Artículos 475 y 506 del Código Civil Venezolano. En consecuencia, Expídanse por Secretaría Dos (02) juegos de copias certificadas para los interesados, de conformidad con los Artículos 111 y 112 del Código de Procedimiento Civil y remítanse las necesarias a las Autoridades Civiles competentes a los fines que estampe Nota Marginal respectiva. Igualmente remítase la presente causa al Archivo Judicial de esta ciudad, por cuanto no hay más actuaciones que practicar. Cúmplase lo ordenado. Líbrese lo Conducente.-
La Juez Provisoria

Abg. DULCE MEDINA
La Secretaria,

Abg. NERYS SOBEIDA RUIZ
Seguidamente se le dio cumplimiento a lo ordenado.-
La Secretaria,

Abg. NERYS SOBEIDA RUIZ


Exp. Nro. JMS1-1627-14
DM/NSR/nicxon.