REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Segundo de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y
Ejecución del Circuito de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Apure
San Fernando, 23 de Octubre de 2014.
204º y 155º
Visto el acta que antecede de fecha, 23/10/2014, suscrita por el ciudadano HUSAY ANTONIO SOLORZANO OSTO y YANETTZA YURISMAR BERMUDEZ GARCIA venezolanos, mayores de edad, titulares de las cedulas de identidad Nros. 30769.989, y 20.004.139, respectivamente, en lo que respecta a la Obligación de Manutención que se efectúa en la presente causa, en tal sentido los beneficiarios antes nombrados desisten de dicha Acción por cuanto son mayores de edad y no están cursando estudios, es por ello que manifiestan que desisten del procedimiento llevado por ante este Despacho, en consecuencia, este Tribunal Segundo de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución del Circuito de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley HOMOLOGA dicho Desistimiento, en los términos expuestos por los mencionados ciudadanos, de conformidad con lo establecido en el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil; Así mismo se acuerda cerrar el presente expediente y enviar al Archivo Judicial. Cúmplase.
Regístrese y Publíquese la presente Decisión.-
Dada, firmada y sellada en el Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución del Circuito de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, con sede en San Fernando a los (23) días del mes de Octubre del año 2.014.- Años 204° de la Independencia y 155° de la Federación.-
El Juez Prov..,
ABG. RAMON ANTONIO RIVAS
La Secretaria Accd.
Abg. CELENNE FALCON
Conforme a lo ordenado se dio cumplimiento a lo ordenado en esta misma fecha
La Secretaria Accd.
Abg. CELENNE FALCON
Exp. N° JMS2-589-14/DM/DM/lesvie.-
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