REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
CIRCUITO JUDICIAL DE PROTECCIÓN
TRIBUNAL SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA DE MEDIACION, SUSTANCIACION Y EJECUCION DE PROTECCIÓN DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO APURE CON SEDE EN SAN FERNANDO DE APURE.-
San Fernando de Apure, 24 de Octubre del año 2014.-
204º y 155º
ASUNTO: JMSS-2-1817-14.-
PARTES: ROSALES AGUILAR ORIANA DE LOS ANGELES y GARCIA LUGO CARLOS JULIAN, venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cedulas de Identidad Nº 18.992.961 y 18.993.330, debidamente asistidos por el Abg. BERNARDO DAGNEY SILVESTRE MENDOZA AGUILAR, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 199.192.-
Visto el contenido del acta procesal que antecede suscrita por la ciudadana ROSALES AGUILAR ORIANA DE LOS ANGELES, debidamente asistida de Abogado, este Tribunal por considerar procedente lo solicitado acuerda la EJECUCION de la Sentencia de DIVORCIO 185-A por mutuo consentimientos, de fecha 09-10-2014.- En consecuencia, se acuerda expedir copia certificada de la Decisión y junto con oficio remítase a las Autoridades Civiles correspondientes, igualmente expídase copias debidamente certificadas por Secretaría de dicha Sentencia a la parte solicitante, de conformidad con lo establecido en los artículo 523 del Código de Procedimiento Civil y 475 del Código Civil; así mismo por cuanto se evidencia que el presente expediente se encuentra concluido y no habiendo mas actuaciones que practicar, se acuerda remitir la causa al Archivo Judicial de este Estado.- Líbrese lo conducente.-
El Juez Prov.,
Dr. RAMON ANTONIO RIVAS
La Secretaria Accd..,
Abg. CELENNE FALCON
Seguidamente se dio cumplimiento a lo ordenado en auto.-
La Secretaria Accd..,
Abg. CELENNE FALCON
RAR/sore.-
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