LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE:




JUZGADO SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SAN FERNANDO Y BIRUACA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO APURE

Biruaca, 07 de octubre del 2014
204° y 155°


Por recibido y visto el oficio S/N, recibido por éste despacho en fecha 01 de Octubre del corriente año, emanado de la fiscalía Sexta de la circunscripción Judicial del Estado Apure, mediante el cual remiten actuaciones constante de Dos (02) folio útiles, suscrito por la abogada NERVIS YURIMAR MIJARES DE BACALAO, quien actuando en su carácter del Fiscal Sexta del Ministerio Publico de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, conforme al artículo 170 literal “c” de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, en beneficio del niño ddd, remite acuerdo de obligación suscrito por los ciudadanos: ALEXIS DOMINGO LUGO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº8.198.635 y la ciudadana VANESSA DE LOS ÁNGELES GALEANO TOVAR, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 17.608.584, para su respectiva Homologación Judicial, désele entrada, anótese en el libro de causa de Familia que lleva éste Despacho bajo el Nº 2033-14. Éste Juzgado del Municipio Biruaca de la circunscripción Judicial del Estado Apure, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Declara: HOMOLOGADO el presente Convenimiento Judicial en la forma y oportunidad de pago convenido por las partes antes nombradas, de conformidad con el articulo 375 en concordancia con el artículo 365 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente. En consecuencia, se impone de carácter Definitivo PRIMERO: El ciudadano, Alexis Domingo Lugo, acuerda suministrarle a su hijo la cantidad de OCHOCIENTOS BOLÍVARES (Bs 800), mensuales lo cual van a hacer divididos en dos partes de CUATROCIENTOS BOLÍVARES (Bs 400), a partir de la fecha TREINTA de SEPTIEMBRE DEL DOS MIL CATORCE 30/09/2014. SEGUNDO: de la misma manera el padre se compromete a dar un Bono Único Decembrino por la cantidad de CINCO MIL BOLÍVARES (Bs.F 5.000.oo) para la fecha DEL TREINTA DE NOVIEMBRE DEL DOS MIL CATORCE (30/11/2014) TERCERO: En lo referente a las medicinas, vestidos, o cualquier otro gasto que requiera el niño, será compartidos entre ambos padres en un 50%. Las partes acuerdan que los montos establecidos serán descontados de la nomina de pago del obligado, donde es funcionario activo, y serán depositados en la cuenta de ahorro del referido banco Bicentenario, en este mismo acto se emitirá oficio al enter empleador Dirección de RECURSOS HUMANOS DEL MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA LA EDUCACIÓN, a la cual pertenece el obligado alimentista, asimismo la madre exige que el niño sea incluido en todos y cada uno de los beneficios que pudiera corresponderle al obligado, por ser su beneficiario directo, tales como; (Seguro de HCM y los demás beneficio que ofrece el enter empleador al funcionario, también se decrete el embargo equivalente a doce (12) meses de mensualidad de las que el Tribunal estime prudente establecer en sentencia definitiva en caso de que el ciudadano demandando, cese sus funciones por despido o retiro voluntario de sus funciones laborales, siendo así todos y cada uno de estos acuerdos serán administrada por la madre ciudadana, VANESSA DE LOS ÁNGELES GALEANO TOVAR.
Se acuerda notificar a la Fiscalía Sexta del Ministerio Publico de la Circunscripción Judicial del Estado Apure de conformidad con el artículo 172 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente y a la Defensoría del Niño y del adolescente del Municipio Biruaca del Estado Apure indicándole sobre la Homologación Judicial del Convenimiento de obligación alimentaria antes expuestos en la presente causa. Líbrese notificaciones.
LA JUEZA, (FDO)
Dra. JEANNET J. AGUIRRE DELGADO
EL SECRETARIO.
(FDO)
Dr. LENIN ALEXANDER POLANCO
Seguidamente siendo las 11:30 a.m. y como fue ordenado se registró, publicó y se dejó copia certificada de la anterior HOMOLOGACIÓN DE CONVENIMIENTO JUDICIAL de obligación alimentaria, con fuerza de Sentencia Definitiva.
EL SECRETARIO.
(FDO)
Dr. LENIN ALEXANDER POLANCO
JA/lp/jh
Exp. N° 2033-14
Quien suscribe, LENIN ALEXANDER POLANCO, Secretario del Juzgado Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios San Fernando y Biruaca de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, CERTIFICA: Que la presente copia constante de dos (02) folios útiles son traslado fiel y exacto de su original la cual cursa en el Expediente Nº 2033-14, Biruaca, 07 de octubre del 2014.
EL SECRETARIO

Dr. LENIN ALEXANDER POLANCO