San Fernando de Apure, 27 de Octubre 2.014
204° y 155°

SOLICITUD: 14-168
SENTENCIA: DEFINITIVA
MATERIA: CIVIL
PROCEDIMIENTO: TITULO SUPLETORIO
SOLICITANTE: JOSE ALEXANDER COUSINS ESPAÑA
FECHA DE ENTRADA 16 DE OCTUBRE DE 2014.
Vista la Solicitud Nº 14-168, presentada por el ciudadano JOSE ALEXANDER COUSINS ESPAÑA, venezolano, mayor de edad, soltero, de este domicilio, titular de la Cédula de Identidad N° V-12.324.039, quien ha solicitado les sean declaradas suficientes las probanzas evacuadas para asegurarse la propiedad y otros derechos sobre las bienhechurias que describen en su solicitud, vistas y oídas como fueron las mismas, así como las declaraciones de los testigos que se ordenó evacuar, encontradas conformes. Este Tribunal Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios San Fernando y Biruaca de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil y sin perjuicio de terceros de igual o mejor derecho, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley, DECLARA TÍTULO SUPLETORIO DE PROPIEDAD Y POSESIÓN, suficiente sobre un conjunto de bienhechurias construidas sobre un terreno del Municipio San Fernando, según consta el Contrato de Arrendamiento Ejido, debidamente autorizado por “EL ARRENDADOR” representado en este acto por el Sindico Procurador Municipal Abog. FRANCISCO IGNACIO APONTE MIRABAL, de la Alcaldía del Municipio San Fernando, Estado Apure, con una superficie de terreno de TRESCIENTOS TREINTA METROS CUADRADOS (330,00 M2), ubicado en la “Calle Muñoz,” del Municipio San Fernando, cuyos linderos y medidas son los siguientes: NORTE: Calle Muñoz, CON QUINCE METROS (15,00 Mts); SUR: Casa de la Familia López, CON QUINCE METROS (15,00 Mts); ESTE: Casa de la Familia Laya, CON VEINTIDOS METROS (22,00 Mts); OESTE: Casa de la Familia Pérez, CON VEINTIDOS METROS (22,00 Mts); y que con dinero de su propio peculio, a sus solas y únicas expensas ha construido una casa para habitación Familiar la cual esta constituida por las siguientes características: Paredes de bloques frisadas, Tres (03) habitaciones, Un (01) baño con todos sus accesorios, Una (01) sala recibo, Una (01) sala comedor, Una (01) cocina semi empotrada, piso cemento pulido, techo de acerolit, puertas y ventanas metálicas, cuenta con todos los servicios de luz, aguas blancas y servidas, en las cuales invirtió una suma de DOSCIENTOS MIL BOLIVARES (Bs 200.000,00). Bienhechurias que se determinan en la Solicitud y mediante Justificativo de Testigos evacuados ante este Tribunal, a favor del ciudadano JOSE ALEXANDER COUSINS ESPAÑA, plenamente identificado. Se ordena devolver las resultas al Solicitante.
El Juez,

Abog. FRANCISCO JAVIER PADRON


La Secretaria Titular,

ABOG. MARIA MILAGRO ARANGUREN TOVAR.
En esta misma fecha se devuelven las presentes actuaciones, y consta de ( ) folios útiles, quedó anotado en el punto Nº , al folio , del libro diario.
La Secretaria Titular,

ABOG. MARIA MILAGRO ARANGUREN TOVAR.





SOLICITUD N°. 14-168.
FJP/MMAT/Yudit.





San Fernando de Apure, 27 de Octubre 2.014
204° y 155°

SOLICITUD: 14-168
SENTENCIA: DEFINITIVA
MATERIA: CIVIL
PROCEDIMIENTO: TITULO SUPLETORIO
SOLICITANTE: JOSE ALEXANDER COUSINS ESPAÑA
FECHA DE ENTRADA 16 DE OCTUBRE DE 2014.
Vista la Solicitud Nº 14-168, presentada por el ciudadano JOSE ALEXANDER COUSINS ESPAÑA, venezolano, mayor de edad, soltero, de este domicilio, titular de la Cédula de Identidad N° V-12.324.039, quien ha solicitado les sean declaradas suficientes las probanzas evacuadas para asegurarse la propiedad y otros derechos sobre las bienhechurias que describen en su solicitud, vistas y oídas como fueron las mismas, así como las declaraciones de los testigos que se ordenó evacuar, encontradas conformes. Este Tribunal Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios San Fernando y Biruaca de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil y sin perjuicio de terceros de igual o mejor derecho, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley, DECLARA TÍTULO SUPLETORIO DE PROPIEDAD Y POSESIÓN, suficiente sobre un conjunto de bienhechurias construidas sobre un terreno del Municipio San Fernando, según consta el Contrato de Arrendamiento Ejido, debidamente autorizado por “EL ARRENDADOR” representado en este acto por el Sindico Procurador Municipal Abog. FRANCISCO IGNACIO APONTE MIRABAL, de la Alcaldía del Municipio San Fernando, Estado Apure, con una superficie de terreno de TRESCIENTOS TREINTA METROS CUADRADOS (330,00 M2), ubicado en la “Calle Muñoz,” del Municipio San Fernando, cuyos linderos y medidas son los siguientes: NORTE: Calle Muñoz, CON QUINCE METROS (15,00 Mts); SUR: Casa de la Familia López, CON QUINCE METROS (15,00 Mts); ESTE: Casa de la Familia Laya, CON VEINTIDOS METROS (22,00 Mts); OESTE: Casa de la Familia Pérez, CON VEINTIDOS METROS (22,00 Mts); y que con dinero de su propio peculio, a sus solas y únicas expensas ha construido una casa para habitación Familiar la cual esta constituida por las siguientes características: Paredes de bloques frisadas, Tres (03) habitaciones, Un (01) baño con todos sus accesorios, Una (01) sala recibo, Una (01) sala comedor, Una (01) cocina semi empotrada, piso cemento pulido, techo de acerolit, puertas y ventanas metálicas, cuenta con todos los servicios de luz, aguas blancas y servidas, en las cuales invirtió una suma de DOSCIENTOS MIL BOLIVARES (Bs 200.000,00). Bienhechurias que se determinan en la Solicitud y mediante Justificativo de Testigos evacuados ante este Tribunal, a favor del ciudadano JOSE ALEXANDER COUSINS ESPAÑA, plenamente identificado. Se ordena devolver las resultas al Solicitante.
El Juez,

Abog. FRANCISCO JAVIER PADRON


La Secretaria Titular,

ABOG. MARIA MILAGRO ARANGUREN TOVAR.
En esta misma fecha se devuelven las presentes actuaciones, y consta de ( ) folios útiles, quedó anotado en el punto Nº , al folio , del libro diario.
La Secretaria Titular,

ABOG. MARIA MILAGRO ARANGUREN TOVAR.





SOLICITUD N°. 14-168.
FJP/MMAT/Yudit.