San Fernando de Apure, 3 de Noviembre de 2014
204° y 155°

SOLICITUD: 14-170
SENTENCIA: DEFINITIVA
MATERIA: CIVIL
PROCEDIMIENTO: TITULO SUPLETORIO
SOLICITANTE: MIRNA YOLIMAR MIRABAL DE POVEDA
FECHA DE ENTRADA 17 DE OCTUBRE.

Vista la Solicitud Nº 14-170, presentada por la ciudadana: MIRNA YOLIMAR MIRABAL DE POVEDA, venezolana, mayor de edad, de este domicilio, titular de la Cédula de Identidad N° V-14.219.330, quien ha solicitado les sean declaradas suficientes las probanzas evacuadas para asegurarse la propiedad y otros derechos sobre las bienhechurias que describen en su solicitud, vistas y oídas como fueron las mismas, así como las declaraciones de los testigos que se ordenó evacuar, encontradas conformes. Este Tribunal Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios San Fernando y Biruaca de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil y sin perjuicio de terceros de igual o mejor derecho, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley, DECLARA TÍTULO SUPLETORIO DE PROPIEDAD Y POSESIÓN, suficiente sobre un conjunto de bienhechurias construidas sobre un terreno del Municipio San Fernando, según consta en la Autorización otorgada por el Sindico Procurador Municipal Abog. FRANCISCO IGNACIO APONTE MIRABAL, de la Alcaldía del Municipio San Fernando, Estado Apure, con una superficie de terreno de DOSCIENTOS NOVENTA Y CINCO METROS CUADRADOS CON SETENTA Y NUEVE CENTIMETROS (295.79 Mts2), ubicado en el BARRIO SAN JOSE I, de esta ciudad de San Fernando, Estado Apure, cuyos linderos y medidas son las siguientes: NORTE: Calle las Acacias en Quince Metros con Sesenta y Cinco Centímetros (15,65 mts); SUR: Vereda en Quince Metros con Sesenta y Cinco Centímetros (15,65 mts); ESTE: Casa de Gladys Berro en Dieciocho Metros con Noventa Centímetros (18,90 Mts); OESTE: Casa de la Familia González en Dieciocho Metros con Noventa Centímetros (18,90 Mts); linderos exactos según Acta Aclaratoria de La Sindica Procuradora Municipal (E) Abog. JHEANCERLHIS DEL VALLE ECHENIQUE ROJAS, de la Alcaldía del Municipio San Fernando, Estado Apure. la cual está constituida por las siguientes características: Una (01) casa de habitación familiar, constante de tres (03) cuartos, una (01) sala, una (01) cocina, un (01) baño, un (01) porche, un (01) garage techo de zinc y una cerca perimetral construida totalmente de bloques de cemento. En las cuales invirtió una suma de CUATROCIENTOS MIL BOLIVARES (Bs 400.000,00). En materiales de construcción y mano de obra que se determinan en la Solicitud y mediante Justificativo de Testigos evacuados ante este Tribunal, a favor de la ciudadana. MIRNA YOLIMAR MIRABAL DE POVEDA, plenamente identificada. Se ordena devolver las resultas a la Solicitante.

El Juez;

Abog. Francisco Javier Padrón.
La Secretaria Titular;

Abog. Maria Milagro Aranguren T.
En esta misma fecha se devuelven las presentes actuaciones a la interesada, constante de folios útiles y, quedó anotada en el punto N°. al folio del Libro Diario.
La Secretaria Titular;

Abog. Maria Milagro Aranguren T.



S/N. 14-170.
FJP/MMA/af.-