REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
CORTE DE APELACIONES

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE

CORTE DE APELACIONES
DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO APURE

San Fernando de Apure, 8 de Octubre 2014
204° y 155°

CAUSA Nº 1Aa-2862-14
JUEZ PONENTE: EDWIN ESPINOZA COLMENARES

Corresponde a esta Alzada pronunciarse sobre la admisibilidad de la pretensión interpuesta el 16-9-2014, por la Abg. Meira Katiuska Pinto, Defensora Pública de Guerrero Restrepo Jaime Agustín, contra la decisión dictada el 9-9-2014, y publicada el 12-9-2014, por el Juez 2º del Tribunal de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Apure, Abg. Carlos Alberto Jaime Gómez, mediante la cual acordó Medida Cautelar de Privación Judicial Preventiva de Libertad, en contra del ciudadano antes mencionado por la presunta comisión del delito de Extorsión en Grado de Perpetrador, previsto y sancionado en el artículo 16 de la Ley Contra el Secuestro y la Extorsión, en relación con el artículo 83 del Código Penal.. La Corte pasa a pronunciarse en los siguientes términos:

Por no configurarse ninguno de los supuestos de inadmisibilidad establecidos en el artículo 428 del Código Orgánico Procesal Penal, se admite la pretensión de conformidad con el artículo 442 eiusdem. Ahora bien la apelante fundamentó legalmente su pretensión de conformidad con el artículo 439 numerales 4º y 5º, pero esta Corte considera que el recurso encuadra en la causal prevista en el numeral 4º artículo 439, ibidem, por tratarse el recurso de apelación de una decisión que acordó una Medida de Privación Judicial Preventiva de Libertad, y así se admite.

Este Tribunal Superior se reserva el lapso establecido en el tercer aparte del artículo 442 de la ley adjetiva penal, para resolver el fondo de la cuestión planteada.
EL JUEZ PRESIDENTE (Ponente),

EDWIN ESPINOZA COLMENARES.

EL JUEZ,

JUAN CARLOS GOITIA GOMEZ.


LA JUEZA,

NELLY MILDRET RUIZ RUIZ.
LA SECRETARIA,

ROSMARY TORRES
EEC/JCGG/NMR/JG/jlsr
Causa N° 1Aa-2862-14