LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE:


JUZGADO SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SAN FERNANDO Y BIRUACA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO APURE.

Biruaca, 17 de Abril de 2015
204º y 156º

Visto el contenido del acta procesal levantada por éste despacho donde se deja constancia que comparece espontáneamente por ante éste Tribunal, el ciudadano: AZAR HUMBERTO TORREALBA LINARES, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-18.017.077, mediante el cual acepta la solicitud del aporte extra efectuada mediante escrito.
En consecuencia, éste Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios San Fernando y Biruaca de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: HOMOLOGADO, el presente Convenimiento Judicial efectuado en la forma y términos expuestos por las partes de conformidad con el artículo 375 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente; todo en virtud de que los ciudadanos: AZAR HUMBERTO TORREALBA LINARES y LEA DEISOLI CARO VELIZ, plenamente identificados ambos en éste auto, donde acordaron fijar el monto del aporte extra del mes agosto para gastos de inicio escolar, a favor de la niña: x, habiendo convenido y aceptado el obligado alimentario, la cantidad solicitada por la representante legal como aporte extra. A tal efecto, se impone de carácter definitivo la cantidad de TRES MIL BOLIVARES (Bs. 3.000,oo) en el mes de agosto para gastos de escolares los cuales serán depositados por el obligado alimentario en la cuenta de ahorro aperturada en el Banco Bicentenario. Se acuerda notificar a la Fiscalía Sexta del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del Estado Apure de conformidad con el artículo 172 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente y a la Defensoría de Niños, Niñas y Adolescentes del Municipio Biruaca del Estado Apure indicándole sobre la Homologación Judicial del Convenimiento del Aporte Extra en el mes de agosto, para gasto de inicio escolar antes expuesto en la presente causa. Líbrese lo conducente.
LA JUEZA,
(FDO.)
DRA. JEANNET AGUIRRE DELGADO

EL SECRETARIO, (FDO)

ABG. LENIN ALEXANDER POLANCO

Seguidamente siendo las 10:00 a.m. y como fue ordenado se registró, publicó y se dejó copia certificada de la anterior HOMOLOGACIÓN DE CONVENIMIENTO JUDICIAL de obligación alimentaria, con fuerza de Sentencia Definitiva.

EL SECRETARIO, (FDO)

ABG. LENIN ALEXANDER POLANCO

JAD
EXP-N° 1288-11

Quien suscribe, ABG. LENIN ALEXANDER POLANCO, Secretario del Juzgado Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios San Fernando y Biruaca de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, CERTIFICA: Que la presente copia constante de dos (02) folios útiles es traslado fiel y exacto de su original la cual cursa en el Expediente de Menores N° 1288-11. Biruaca, 17 de Abril del 2015.
EL SECRETARIO,


ABG. LENIN ALEXANDER POLANCO