SOLICITUD: 15-292
SENTENCIA: DEFINITIVA
MATERIA: CIVIL
PROCEDIMIENTO: DECLARACIÓN DE UNICOS Y UNIVERSALES
HEREDEROS DEL DECUJUS JUAN RAFAEL .LAPREA MARTINEZ
SOLICITANTE: SILVIA MERCEDES LAPREA LOGGIODICE
FECHA DE ENTRADA: 30 DE ENERO DEL AÑO 2015
Vista la anterior solicitud, presentada por la ciudadana SILVIA MERCEDES LAPREA LOGGIODICE, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V- 13.254.679, asistida por el Abogado MANUEL SALVADOR PEREZ BERDUGO, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 91.568, de este domicilio; quien solicitó ante este Tribunal se le declare como UNICA Y UNIVERSAL HEREDERA conjuntamente con sus hermanos JUAN ANDRES LAPREA LOGGIODICE, JUAN JOSE LAPREA LOGGIODICE y SILVIA MARIA LAPREA LOGGIODICE, titulares de las cédulas de identidad Nº V-11.238.946, V- 12.325.253 y V- 18.146.544, respectivamente, del Decujus JUAN RAFAEL LAPREA MARTINEZ, quien fue venezolano, de 66 años de edad, titular de la cédula de identidad Nº V- 3.348.798, falleció Ab-Intestato, en la Avenida Revolución, Casa Nº 20, del Municipio San Fernando del Estado Apure. Oídas las declaraciones de los ciudadanos ANDRES DE JESUS MEDINA y MARIANGEL ALVAREZ PRIETO, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nº V- 8.198.699 y V- 14.343.329, respectivamente, de este domicilio; quienes declararon que conocieron de vista, trato y comunicación al difunto JUAN RAFAEL LAPREA MARTINEZ, quien falleció el día 28 de Noviembre del año 2014; que sí conocen a la ciudadana SILVIA MERCEDES LAPREA LOGGIODICE, de vista, trato y comunicación desde hace varios años; dieron fe de que el prenombrado causante era viudo de la difunta MARIA SILVIA COROMOTO LOGGIODICE DE LAPREA; si les consta, que los únicos y universales herederos del causante JUAN RAFAEL LAPREA LOGGIODICE son los ciudadanos SILVIA MERCEDES LAPREA LOGGIODICE, JUAN ANDRES LAPREA LOGGIODICE, JUAN JOSE LAPREA LOGGIODICE y SILVIA MARIA LAPREA LOGGIODICE; dieron fe de que el Decujus JUAN RAFAEL LAPREA MARTINEZ falleció Ab-intestato en la Avenida Revolución del Municipio San Fernando del Estado Apure, Casa Nº 20, a las 05:40 horas de la mañana; si les consta que el causante ciudadano JUAN RAFAEL LAPREA MARTINEZ quien es el difunto padre de los ciudadanos SILVIA MERCEDES LAPREA LOGGIODICE, JUAN ANDRES LAPREA LOGGIODICE, JUAN JOSE LAPREA LOGGIODICE y SILVIA MARIA LAPREA LOGGIODICE, no tuvo otros hijos legítimos, ni naturales, ni adoptivos ni reconocidos.
D I S P O S I T I V A:
Finalmente este Juzgado considera, que de acuerdo a las actuaciones realizadas, con las originales del acta defunción, la declaración de únicos y universales herederos de la Decujus Maria Silvia Coromoto Loggiodice de Laprea además de las partidas de nacimiento y por cuanto en estas actuaciones solo aparecen como UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, los ciudadanos SILVIA MERCEDES LAPREA LOGGIODICE, JUAN ANDRES LAPREA LOGGIODICE, JUAN JOSE LAPREA LOGGIODICE y SILVIA MARIA LAPREA LOGGIODICE, cuya filiación está legalmente comprobada. En consecuencia de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 937 del Código de Procedimiento Civil; este Tribunal Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA bastante y suficientemente las presentes actuaciones a favor de los ciudadanos SILVIA MERCEDES LAPREA LOGGIODICE, JUAN ANDRES LAPREA LOGGIODICE, JUAN JOSE LAPREA LOGGIODICE y SILVIA MARIA LAPREA LOGGIODICE, venezolanos, mayores de edad, civilmente hábiles, titulares de las cédulas de identidad Nº V- 13.254.679, V-11.238.946, V-12.325.253 y V- 18.146.544, de este domicilio; en su condición de UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS del Decujus JUAN RAFAEL LAPREA MARTINEZ, dejando a salvo en todo caso, los derechos y acciones que puedan corresponder a terceros. Devuélvanse las presentes actuaciones originales a la Solicitante.
PUBLÍQUESE, REGÍSTRESE Y DÉJESE COPIA CERTIFICADA
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho de este Juzgado, en la ciudad de San Fernando de Apure, del día Trece (13) del mes de Abril del año Dos Mil Quince (2.015). Años 204º de la Independencia y 156º de la Federación.-
EL Juez,
ABG. FRANCISCO JAVIER PADRÓN
La Secretaria Titular,
ABG. MARÍA MILAGRO ARANGUREN T.
En esta misma fecha se publicó y registró la anterior Sentencia, conforme a lo ordenado y quedó anotada en el punto Nº , en el folio ( ), del Libro Diario.
La Secretaria Titular,
ABG. MARÍA MILAGRO ARANGUREN T.
S/Nº 15-292
FJP/MMAT/gv
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