San Fernando de Apure, 13 de Abril de 2.015
204° y 156°

SOLICITUD: 15-371
SENTENCIA: DEFINITIVA
MATERIA: CIVIL
PROCEDIMIENTO: TITULO SUPLETORIO
SOLICITANTE: JHONNY PEREZ FERREL
FECHA DE ENTRADA: 27 DE MARZO DE 2015

Vista la Solicitud Nº 15-371, presentada por el ciudadano: JHONNY PEREZ FERREL, venezolano, mayor de edad, soltero, de este domicilio, titular de la cédula de identidad Nº 11.930.213; quien ha solicitado le sean declaradas suficientes las probanzas evacuadas para asegurarse la propiedad y otros derechos sobre las bienhechurías que describe en su solicitud, vistas y oídas como fueron las mismas, así como las declaraciones de las testigos que se ordenó evacuar, encontradas conformes, este TRIBUNAL TERCERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SAN FERNANDO Y BIRUACA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO APURE, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil y sin perjuicio de terceros de igual o mejor derecho, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley: DECLARA TÍTULO SUPLETORIO DE PROPIEDAD Y POSESIÓN, suficiente sobre el conjunto de bienhechurías construidas sobre un lote de terreno de su propiedad, según consta en la AUTORIZACION PARA TRAMITAR Y REGISTRAR TITULO SUPLETORIO DE PROPIEDAD Y POSESION, anexo a la solicitud, debidamente autorizado por Sindico Procuradora del Municipio san Fernando del estado Apure, representado en este acto por la Abogada JHEANCERLHIS DEL VALLE ECHENIQUE ROJAS, con una superficie de terreno de 310.06 mts, ubicado en SECTOR CHOMPRESERO Parroquia El Recreo, con los siguientes linderos y medidas: Norte: Casa de la Familia TIRADO con veintitrés metros (23,00 mts); Sur: Casa de Familia CORONA, en veinticinco metros con setenta centímetros (25,70 mts); Este: Gimnasio del Recreo, en trece metros (13,00 mts); Oeste: Calle Principal Chompresero, en doce metros con noventa centímetros (12,90 mts); de las siguientes características: una casa de construcción mampostería o bloque, propio para habitación familiar, con techo de acerolit, piso de cemento pulido, puertas, ventanas y protectores de hierro, constante de dos (2) habitaciones, una (1) cocina, una (1) sala- comedor y una (1) sala de baño con todos sus accesorios, dotada de servicios de agua y energía eléctrica, Sobre las cuales ha invertido la cantidad de DOSCIENTOS MIL BOLIVARES (Bs. 200.000,00). Bienhechurías estas que se determinan en la Solicitud y mediante Justificativo de Testigos evacuados ante este Tribunal, dichas bienhechurías se encuentran fomentadas a las únicas y propias expensas del ciudadano: JHONNY PEREZ FERREL, plenamente identificado. Se ordena devolver estas resultas al solicitante antes identificado en el escrito de solicitud.-
El Juez;


Abog. Francisco Javier Padrón
La Secretaria Titular;

Abog. Maria Milagro Aranguren T.
En esta misma fecha se devuelven las presentes actuaciones al interesado, constante de LETRA Y NUMERO ( ) folios útiles y quedó anotado en el punto Nº , folio Nº , del Libro Diario.
La Secretaria Titular;

Abog. Maria Milagro Aranguren T.




Sol. N° 15-371.-
FJP/MMAT/mch.-