San Fernando de Apure, 17 de Abril de 2.015
204° y 156°

SOLICITUD: 15-290
SENTENCIA: DEFINITIVA
MATERIA: CIVIL
PROCEDIMIENTO: TITULO SUPLETORIO
SOLICITANTE: HERNAN JOSE MARTINEZ.
FECHA DE ENTRADA 30 DE ENERO DE 2.015.

Vista la Solicitud Nº 15-290, presentada por el ciudadano HERNAN JOSE MARTINEZ, venezolano, mayor de edad, soltero, de este domicilio, titular de la Cédula de Identidad Nº V-11.757.919, quien ha solicitado le sean declaradas suficientes las probanzas evacuadas para asegurarse la propiedad y otros derechos sobre las bienhechurías que describen en su solicitud, vistas y oídas como fueron las mismas, así como las declaraciones de los testigos que se ordenó evacuar, encontradas conformes. Este Tribunal Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios San Fernando y Biruaca de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil y sin perjuicio de terceros de igual o mejor derecho, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley, DECLARA: TÍTULO SUPLETORIO DE PROPIEDAD Y POSESIÓN, suficiente sobre un conjunto de bienhechurías construidas sobre un lote de terreno de su Propiedad, según consta de Copia Certificada De Titulo De Adjudicación De Parcela En Tierra Urbana O Periurbana Publica debidamente Registrado por ante el Registro Publico del Municipio San Fernando del Estado Apure, quedando inscrito bajo el Numero 2014.2015, Asiento Registral 1 del Inmueble Matriculado con el Numero 271.3.6.1.14940 y Correspondiente al Folio Real del Año 2014, en fecha 11 de Noviembre del año 2014, con una superficie de terreno de TRESCIENTOS TREINTA Y UN METROS CON DIECINUEVE CENTIMETROS CUADRADOS, (331,19 M2), cuyos linderos y medidas son los siguientes: NORTE: Familia Pulido, en veintinueve Metros con cuarenta Centímetros (29,40 Mts/cm). SUR: Familia Godoy, en veintinueve Metros con cuarenta Centímetros (29,40 Mts/cm). ESTE: Laguna, en Once Metros con treinta y cinco Centímetros (11,35 Mts/cm). OESTE: Vía la Planta, en Once Metros con Dieciocho Centímetros, (11,18 Mts/cm). Y que con dinero de su propio peculio, a sus solas y únicas expensas ha construido bienhechurías las cuales están constituida por: una construcción de una (1) casa familiar: la cual cuenta con tres (3) habitaciones, una (1) sala-comedor, una (1) cocina empotrada, un (1) portón elaborado de hierro forjado. En las cuales invirtió una suma de TRESCIENTOS MIL BOLIVARES (Bs.300.000, 00). Bienhechurías que se determinan en la Solicitud y mediante Justificativo de Testigos evacuados ante este Tribunal, a favor del ciudadano HERNAN JOSE MARTINEZ, plenamente identificado. Se ordena devolver las resultas al Solicitante.

El Juez,

ABG. FRANCISCO JAVIER PADRON.

La Secretaria Titular;

ABG. MARIA MILAGRO ARANGUREN TOVAR.

En esta misma fecha se devuelven las presentes actuaciones, y consta de ( ) folios útiles, quedó anotado en el punto Nº al folio , del libro diario.

La Secretaria Titular;
ABG. MARIA MILAGRO ARANGUREN TOVAR.

Solicitud N°. 15-290.
FJP/MMAT/Christtian.