REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA



TRIBUNAL TERCERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO MUÑOZ
(MANTECAL) DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO APURE.-
SOLICITANTE: PEDRO CELESTINO RUIZ.-
MOTIVO: TITULO SUPLETORIO DE BIENHECHURIAS.-
ABOGADO: DANIEL DE J. POLANCO A.
SOLICITUD: Nº S-1019-15.-
RESOLUCION: N° 0074
Vista la solicitud presentada por el ciudadano: PEDRO CELESTINO RUIZ, venezolano, soltero, mayor de edad, domiciliado en el Fundo “La Caracará”, sector banco del medio, Parroquia Rincón Hondo, Municipio Muñoz del Estado Apure y titular de la Cédula de Identidad Nº V- 14.812.485; así como las declaraciones de los testigos. Admítase cuanto a lugar en derecho la anterior solicitud, por no ser contraria al Orden Público, a las Buenas Costumbres o alguna disposición expresa de la Ley. En consecuencia, este Tribunal Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Muñoz (Mantecal) de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, Administrando Justicia en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil y sin perjuicio de terceros de igual o mejor derecho, Declara TITULO SUPLETORIO BASTANTE DE PROPIEDAD Y POSESION, a favor del ciudadano: PEDRO CELESTINO RUIZ, antes identificado; sobre las bienhechurías que se determinan en la presente solicitud y mediante el justificativo de testigos evacuado por ante este Tribunal, ubicadas en el sector banco del medio, Fundo la “Caracará”, Parroquia Rincón Hondo del Municipio Muñoz del Estado Apure.- Las bienhechurías están conformadas por: una casa de habitación familiar de nueve (09) metros de largo por ocho (08) metros de ancho, de paredes de bloques frisados y columnas de cemento armado, integrada por los siguientes ambientes: dos habitaciones dormitorios, una cocina y sala comedor; piso de cemento y techo de zinc sobre estructura de madera; seis ventanas de hierro y dos puertas de hierro; una cerca perimetral de toda la parcela y de siete potreros, con alambre de púas y estantillos de madera; un pozo séptico de cuatro metros de profundidad por dos metros de ancho, dos pozos de agua potable, el primero de veintiséis metros de profundidad, con sus respectivas motobombas; dos tanquillas de cemento, de tres metros de largo por un metro de ancho la primera y de dos metros de largo por dos metros de ancho la segunda; treinta y cinco hectáreas de pasto artificial de la clase umidicola, estrellita, brachiaria y bermuda, treinta y cinco arboles de caoba y ocho de masaguaro.- Las mencionadas bienhechurías se encuentran construidas sobre un lote de terreno propiedad del Instituto Nacional de Tierras (INTI), según Titulo de Adjudicación de Tierras Socialista Agrario N° 459108 -459109; emitida por el referido Instituto, en fecha 13/02/2.013; constante de una superficie de cuarenta hectáreas con nueve mil doscientos noventa y seis metros cuadrados (40 ha con 9296 m2); dentro de los siguientes linderos NORTE: Terreno ocupado por Samuel Ruiz.- SUR: Terreno ocupado por predio la tapita.- ESTE: Terreno ocupado por predio caña brava y OESTE: Caño orichuna.-En dichas bienhechurías el ciudadano: PEDRO CELESTINO RUIZ, invirtió la cantidad de: DOS MILLONES QUINIENTOS MIL BOLIVARES (Bs. 2.500.000,00).-
Devuélvase original de estas resultas al solicitante, quedando anotado en el libro de Solicitudes, bajo el Nº S-1019-15.-
Publíquese, regístrese y déjese copia certificada de conformidad con el Artículo 248 del Código de Procedimiento Civil.-
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Tribunal Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Muñoz (Mantecal) de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, a los veintinueve (29) días del mes de Abril del año dos mil quince (2.015). AÑOS: 205° Y 156°.-
La Jueza.
Abog. Ana María Garcías.
La Secretaria Tit.,
Abog. Yulis Magalis Villanueva Araque
En la misma fecha siendo las 03:20 p.m., se publicó y registró el anterior decreto. Conste.- La Secretaria.-
Abog. Yulis Magalis Villanueva Araque