REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Segundo de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y
Ejecución del Circuito de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la
Circunscripción Judicial del Estado Apure.-

San Fernando, 14 de Agosto de 2.015
205º y 156º

Vista la diligencia que antecede de fecha 12-08-2.015, suscrita por la ciudadana SOBELYS ADRIANA BAUTISTA DUN, plenamente identificada en autos, debidamente asistida por la profesional del Derecho YSABEL CRISTINA BUSTOS ZARATE, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 230.554, el Tribunal a los fines de providenciar en la presente solicitud acuerda: Devolver originales insertos en los folios del 05 al 15 y del 33 al 70, dejándose en su lugar copias fotostáticas evidentemente certificadas, de igual forma se acuerda expedir copias certificadas de los folios del 77 al 79 de la presente causa, asimismo observándose que en fecha 20-07-2.015, éste Tribunal dictó Sentencia en la causa, mediante la cual se declara disuelto el vinculo matrimonial que unía a los ciudadanos: SOBELYS ADRIANA BAUTISTA DUN y MIGUEL ANGEL RODRIGUEZ ORTEGA, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-16.125.696 y V-15.681.553, en su orden, en tal sentido, este Juzgador en uso de sus atribuciones que le confiere la Ley, ORDENA SU EJECUCIÓN, de conformidad con lo dispuesto en los Artículos 475 y 506 del Código Civil Venezolano, en consecuencia, expídanse por secretaría cuatro (04) juegos de copias debidamente certificadas para los interesados, de conformidad con los Artículos 111 y 112 del Código de Procedimiento Civil y remítanse las necesarias a las Autoridades Civiles competentes a los fines que estampe Nota Marginal respectiva. Igualmente se ordena el cierre de la presente causa y remitir la misma al Archivo Judicial de esta ciudad, por cuanto no hay más actuaciones que practicar. Cúmplase lo ordenado. Líbrese lo Conducente.-
El Juez Provisorio
Abg. RAMÓN RIVAS LORETO
La Secretaria,

Abg. DAYAN MARTINEZ
Seguidamente se le dio cumplimiento a lo ordenado.-
La Secretaria,

Abg. DAYAN MARTINEZ
Exp. Nro. JMS2-715-15
RRL/DM/Jorge.-