REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


TRIBUNAL TERCERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO MUÑOZ (MANTECAL) DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO APURE.-

SOLICITANTE: ROSA MARTINA PEÑA ARAUJO. -
MOTIVO: TITULO SUPLETORIO DE BIENHECHURIAS.
SOLICITUD: Nº S-1061-15
DECRETO: N° 0135.-

Vista la solicitud presentada por la ciudadana: ROSA MARTINA PEÑA ARAUJO, Venezolana, mayor de edad, soltera, titular de la Cédula de Identidad N° V-10.132.934, domiciliada en el Asentamiento Campesino Baldíos de Muñoz, Sector Módulo III-Mata de Madera, Parroquia Mantecal, Municipio Muñoz del Estado Apure; así como las declaraciones de los testigos. Admítase cuanto a lugar en derecho la anterior solicitud, por no ser contraria al Orden Público, a las Buenas Costumbres o alguna disposición expresa de la Ley. En consecuencia, este Tribunal Tercero De Municipio Ordinario Y Ejecutor De Medidas Del Municipio Muñoz (Mantecal) De La Circunscripción Judicial Del Estado Apure, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil y sin perjuicio de terceros de igual o mejor derecho, Declara TITULO SUPLETORIO BASTANTE DE PROPIEDAD Y POSESION, a favor de la ciudadana: ROSA MARTINA PEÑA ARAUJO, antes identificada; sobre las bienhechurías que se determinan en la presente solicitud y mediante el justificativo de testigos evacuado por ante este Tribunal.- Las bienhechurías están conformadas por: Una (01) vivienda principal que consiste en una edificación de dieciséis metros de fondo por ocho metros de ancho (16 x 8mts), para un total de ciento veintiocho metros cuadrados (128 mts2); construida con estructuras metálicas, techo de láminas de acerolit, piso de cemento pulido y en partes revestido de cerámicas, paredes de bloques de cemento frisados y pintados, la cual posee cuatro (04) habitaciones; una (1) cocina empotrada; una (1) despensa, una (1) sala- comedor, un (1) recibo, un (1) baño interno con todos sus accesorios; un (1) porche de platabanda, puertas de hierro, ventanas panorámicas con protectores de hierro, incluye todos sus servicios, agua potable obtenida mediante perforación, luz eléctrica obtenida mediante generador a gasoil y un sistema séptico para el vertido de las aguas residuales.- 2) Un (1) área de servicio, la cual es utilizado como lavadero que consiste en una construcción con dimensiones de ocho metros de largo por cuatro metros de ancho(8x4mts), edificada con estructura metálicas y cubiertas de láminas de zinc sobre estructuras metálicas, piso de cemento pulido, dos (2) bateas, una (1) tanquilla de concreto para almacenamiento de agua y anexo una habitación con medidas de tres metros de ancho por cuatro metros de largo (3x4mts), que sirve para depósito de implementos de aseo y mantenimiento con instalación eléctrica.- 3) Una (1) vaquera, con dimensiones de diez metros de largo por siete metros de ancho (10 x 7mts), construida con estructura de madera, horcones, varetas y vigas, techo de zinc, piso de concreto rustico y tierra; con un (1) anexo el cual es utilizado como becerrera, con medidas de tres punto seis metros de largo por seis de ancho ( 3.6 x 6 mts.).- 4) Un (1) cerco para aves de corral con una superficie de construcción de cinco metros de ancho por diez metros de fondo (5 x 10 mts.), con estantillos de madera y alambre gallinero; una (1) casa utilizada para ponederos de gallinas, construidas con estantes de madera, techo de zinc y palma, piso de tierra.- 5) Una (1) cabaña, con un área de construcción de tres metros de frente por diez metros de fondo (3 X10 mts.), para un total de treinta metros cuadrados (30 mts.2), con edificación en columnas de cabillas y concreto y tubo estructural, techo de machimbrado y manto atejado, piso de cemento pulido, paredes de bloques, frisadas y pintadas, puertas de hierro, ventanas con marcos de madera y tela metálica, con dos (2) baños adicionales con todos sus accesorios, revestido en cerámicas en paredes y pisos, incluye todos sus servicios, agua potable obtenida mediante perforación, luz eléctrica obtenida por planta de gasoil y un sistema séptico para el vertido de las aguas residuales.- 6) Una (1) cabaña, con un área de construcción de tres metros de frente por diez metros de fondo ( 3 x 10 mts.), para un total de treinta metros cuadrados (30 mts.2), edificada en columnas de horcones de madera cuadrada, viga de madera, techo de manto y bahareque, paredes de bahareque, piso de cemento pulido, puerta y ventanas de madera y tela metálica.- 7) Un (1) corredor, de construcción con columnas de tubo estructural y vigas de hierro, techo de zinc, piso de cemento revestido de cerámica y terracota, anexo cuatro (04) baños con todos sus accesorios, de dos metros de ancho por dos metros de largo (2x2mts), revestido de cerámicas en paredes y pisos, con todos sus servicios: agua potable, luz eléctrica y sistema séptico para el vertido de las aguas residuales.- 8) Una (1) cocina empotrada, con medidas de ocho metros de ancho por diez metros de fondo (8x10 mts.), una (1) despensa y sala de recibo, edificada con estructuras metálicas, revestido con techo de láminas de acerolit, paredes de bloques de cemento frisados y pintados, piso de cemento revestidos en cerámicas, puertas, ventanas y protectores de hierro, anexo un (1) comedor, con mesones de concreto, posee todos sus servicios: agua potable, luz eléctrica y sistema séptico para el vertido de las aguas residuales.- 9) Un (1) galpón, con medidas de construcción de doce metros de largo por ocho metros de ancho (12x8 mts.), edificado con estructura metálicas, techo de láminas de acerolit, piso de cemento pulido, a media pared, frisada y pintada, posee una (1) tasca, con dos (2) ventanas grandes con protector de hierro, una barra de concreto y una puerta de hierro, al lado un espacio abierto con piso de concreto pulido con medidas de seis metros de ancho por diez metros de largo (6x10 mts.).- 10) Seis (6) habitaciones construidas en forma de L, con medidas de construcción de cuatro metros de ancho por cuatro metros de largo (4x4mts.) cada una, edificadas con estructura metálicas, techo de láminas de acerolit, paredes de bloques frisados y pintados, cada habitación tiene incorporado baño interno con todos sus accesorios, revestidos de cerámicas en paredes y pisos, con todos los servicios: agua potable, luz eléctrica y sistema séptico para el vertido de las aguas residuales y posee corredor a lo largo de las habitaciones.- 11) Seis (6) baños con pasillo, edificados con estructura metálicas y columnas de concreto, techo de zinc, de los cuales tres (3) baños con duchas y tres (3) baños con watter, todos con sus respectivos accesorios, revestidos de cerámicas en paredes y pisos, el pasillo piso revestido en terracota, con instalaciones de agua blanca y sistema séptico para el vertido de las aguas residuales.- 12) Un (1) tanque elevado, en estructura de concreto con sus correspondientes instalaciones, con capacidad de almacenamiento de agua de: 2.500,00 lts.- 13) Una (1) perforación para la extracción de agua, de veintidós (22) metros de profundidad, con capacidad de salida de dos pulgadas, con una casa edificada con horcones y vigas de madera, techo de zinc y piso de tierra para protección de la motobomba.- 14) Un (1) cerco con medidas de tres metros de ancho por seis metros de largo (3x6mts.), construido con horcones de madera y varetas que sirve para chiquero de cochino.- 15) Un (01) caney con medidas de cuatro metros de frente por seis metros de fondo (4x6mts), edificado con estructura de madera, techo de zinc y palma, piso de cemento y tierra, el cual es utilizado para las gallinas y gallos de pelea.- Cercado perimetral, al frente con estructura metálica, con dos hiladas de bloques frisados y alfajol, laterales y fondo con estantillos de madera y alambre de ojo.- Un (1) corral con medidas de dieciocho metros de ancho por veinte metros de largo (18x20), construido con estantillos de madera y alambre de púa de siete (7) pelos.- Dos (2) tanquillas de metal y concreto, con medidas cada una de ellas de: un metro (1mts) al redondo y dos punto cinco metros al redondo (2.5mts.), con una altura de un metro (1 mts.).para almacenamiento de agua para bebedero de animales.- Un (1) conuco constante de dos (2) hectáreas, cercado con estantillos de madera y alambre de púas de cuatro (4) .pelos, con sembradíos de diferentes rubros tales como: yuca, plátano, topocho, cambur, auyama, ñame, ocumo, parchita, diversos árboles frutales.- El referido predio se encuentra deforestado y sembrado de pasto artificial: de las especie Brachiaria y Humidicula, dividida en veinte hectáreas (20 has.), distribuidas en cuatro potreros con cercas convencionales de estantillos de madera cada estantillos en tres metros (3 mts) de distancia, con veinticinco metros (25 mts) de distancia de cada madrino, con cuatro (4) pelos de alambre de púa.- Existen tres (3) préstamos artificiales para abrevadero del ganado.- Las mencionadas bienhechurías se encuentran constituidas sobre un lote de terreno propiedad del Instituto Nacional de Tierras (INTI), las cuales le fueron adjudicadas a la solicitante mediante Carta Agraria signada con el N° 0006777, debidamente autenticada por ante la Notaría Pública Tercera del Municipio Chacao del Estado Miranda, quedando inserta bajo el No. 21, Tomo 37, de los Libros de Autenticaciones Llevados por ante esa Notaria, en fecha 24-03-2.006; y posteriormente Registrado ante el Registro Inmobiliario del Municipio Muñoz del Estado Apure, bajo el N° 18, folios 129 al 131, Protocolo Primero, Cuarto Trimestre, Tomo 1°, principal y duplicado de fecha 05-10-2.006; ubicadas en el Asentamiento Campesino Baldíos de Muñoz, Sector Módulo III-Mata de Madera, de la Parroquia Mantecal, Municipio Muñoz del Estado Apure; constante de una superficie de CIENTO SESENTA HECTAREAS CON DOS MIL NOVECIENTOS METROS CUADRADOS (160 HA CON 2900 M2), comprendido dentro de los siguientes linderos NORTE: Terraplén que conduce hacia el Hato La Periquera; SUR: Fundo de Viviano González; ESTE: Terraplén que conduce hacia el Hato La Periquera y OESTE: Terraplén que conduce hacia el Hato La Periquera. En dichas bienhechurías la ciudadana ROSA MARTINA PEÑA ARAUJO invirtió la cantidad de: TREINTA MILLONES DE BOLÍVARES (Bs. 30.000.000.00), dinero este de su propio peculio.
Devuélvase original de estas resultas a la solicitante, y Regístrese en el libro de Solicitudes bajo el Nº S-1061-15.-
Publíquese, regístrese y déjese copia certificada de conformidad con el Artículo 248 del Código de Procedimiento Civil.-
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Tribunal Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Muñoz (Mantecal) de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, a los Diez (10) días del mes de Agosto del Año Dos Mil Quince (2.015). AÑOS: 205° Y 156°.-
La Jueza Prov.,

Abog. Ana María Garcías

La Secretaria temp.,

Abg. Lilibeth Amador De Quintero.
En la misma fecha siendo las 11:00 a.m., se publicó y registró el anterior decreto. Conste.- La Secretaria.-
Abg. Lilibeth Amador De Quintero.