REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
CORTE DE APELACIONES

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE

CORTE DE APELACIONES
DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DE LA
CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO APURE

San Fernando de Apure, 25 de Agosto de 2015.
205° y 156°.
Causa Nº 1Aa-2943-15.
JUEZ PONENTE: CINTHIA MARÍA MEZA CEDEÑO.

Corresponde a esta Alzada pronunciarse sobre la pretensión interpuesta en fecha 27-1-2015, por el abogado Carlos Orlando Páez, Defensor de ANDRES BENICIO CASTILLO, contra la decisión dictada en fecha 21-1-2015, por la Jueza Segunda de Primera Instancia en funciones de Control, Audiencia y Medidas del Circuito Judicial Penal con Competencia en delitos de Violencia Contra la Mujer de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, mediante el cual decretó medida de privación judicial preventiva de libertad en contra de los antes mencionados, por la presunta comisión del delito de violencia sexual en grado de frustración, previsto y sancionado en el artículo 43 de la Ley Orgánica sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia. La Corte pasa a pronunciarse en los siguientes términos:

I
MOTIVACIÓN PARA DECIDIR


Cursa al folio 51 del presente cuaderno de incidencia, nota con fecha 24-8-2015, mediante la cual la Secretaria de este Despacho, Abg. MONICA CALDERÓN, dejó escrito:

“…en el día de hoy 24-8-2015 siendo las 9:00 horas de la mañana, la funcionaria MANORKA VIVAS adscrita a este Despacho, se trasladó al Tribunal Primero de Juicio del Circuito Judicial Penal con Competencia en Delitos de Violencia Contra la Mujer de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, a los fines de solicitar información acerca del estado actual del Causa Penal Nº 1Aa-2943-15 llevado por esta Alzada (Expediente Nº CP31-5-2005-000290-2015 en la nomenclatura del Tribunal de Primera Instancia), informando el Secretario JESÚS RODRÍGUEZ MENDOZA, que el 12-8-2015 concluyó el Juicio Oral y Público y se publicó su texto íntegro el 19-8-2014, condenando al acusado ANDRES CASTILLO a la pena de 3 años de prisión por el delito de Acto Lascivos…”


De lo trascrito previo no hay duda en cuanto a la configuración en este caso de pérdida del interés procesal por parte del Recurrente, toda vez que decretada la Sentencia Condenatoria al ciudadano ANDRES BENICIO CASTILLO, la controversia cedió ante los efectos de la resolución definitiva del fondo del asunto, que desvirtuó la presunción de inocencia, por lo que la Corte asume, que se debe declarar no ha lugar la pretensión interpuesta en fecha 27-1-2015, por el abogado Carlos Orlando Páez. Así se decide.

II
DISPOSITIVA

En virtud de los razonamientos que preceden, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA POR AUTORIDAD DE LA LEY, pasa a emitir los siguientes pronunciamientos:

ÚNICO: Declara no ha lugar la pretensión interpuesta en fecha 27-1-2015, por el abogado Carlos Orlando Páez, Defensor de ANDRES BENICIO CASTILLO, contra la decisión dictada en fecha 21-1-2015, por la Jueza Segunda de Primera Instancia en funciones de Control, Audiencia y Medidas del Circuito Judicial Penal con Competencia en delitos de Violencia Contra la Mujer de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, mediante el cual decretó medida de privación judicial preventiva de libertad en contra de los antes mencionados, por la presunta comisión del delito de violencia sexual en grado de frustración, previsto y sancionado en el artículo 43 de la Ley Orgánica sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia.

Publíquese, regístrese, diarícese y remítanse las actuaciones a la Jueza del Tribunal Segunda de Primera Instancia en funciones de Control, Audiencia y Medidas del Circuito Judicial Penal con Competencia en delitos de Violencia Contra la Mujer de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, en el lapso de Ley.

EL JUEZ PRESIDENTE,


EDWIN ESPINOZA COLMENARES

LA JUEZA (PONENTE),


CINTHIA MARÍA MEZA CEDEÑO
EL JUEZ,


JUAN CARLOS GOITIA GÓMEZ
LA SECRETARIA,


KATIANA LUSINCHI
EEC/CMMC/JCGG/KL/Rosmery
Causa Nº 1Aa-2943-15