SOLICITUD: 15-658

SENTENCIA: DEFINITIVA

MATERIA: CIVIL

PROCEDIMIENTO: DECLARACIÓN DE UNICOS Y UNIVERSALES
HEREDEROS DEL DECUJUS SAUL AVISAHI HERNANDEZ ESPINOZA

SOLICITANTE: MILANYELA IMELDE HERNÁNDEZ FARFÁN

FECHA DE ENTRADA: 09 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2015

Vista la anterior solicitud, presentada por la ciudadana MILANYELA IMELDE HERNÁNDEZ FARFÁN, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V- 14.948.927, asistida por el Abogado ALI ARTURO DIAMONT HERRERA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-15.681.961, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 109.388, de este domicilio; quien solicitó ante este Tribunal se le declare como UNICA Y UNIVERSAL HEREDERA conjuntamente con su madre la ciudadana DILIA NOHEMI FARFAN DE HERNANDEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-5.361.813, y su hermano el ciudadano ALVARO SAUL HERNANDEZ FARFAN, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-12.904.059, del Decujus SAUL AVISAHI HERNANDEZ ESPINOZA, quien fue venezolano, de 63 años de edad, titular de la cédula de identidad Nº V- 3.770.124, fallecido Ab-Intestato, en el Municipio San Fernando del Estado Apure. Oídas las declaraciones de los ciudadanos LEONARDO ESTEBAN SILVA MORALES, venezolano, mayor de edad, soltero, titular de la cédula de identidad Nº V- 15.999.051, y la ciudadana NANCY LOVELIA FARFAN, venezolana, mayor de edad, soltera, titular de la cédula de identidad Nº V- 10.615.325, de este domicilio; quienes declararon que conocen de vista, trato y comunicación desde hace mucho tiempo a los ciudadanos MILANYELA IMELDE HERNANDEZ FARFAN, DILIA NOHEMI FARFAN DE HERNANDEZ y ALVARO SAUL HERNANDEZ FARFAN; que si saben y les consta que el ciudadano SAUL AVISAHI HERNANDEZ ESPINOZA, era esposo de la ciudadana DILIA NOHEMI FARFAN DE HERNANDEZ y padre de los ciudadanos MILANYELA IMELDE HERNANDEZ FARFAN y ALVARO SAUL HERNANDEZ FARFAN; si saben y les consta que los ciudadanos MILANYELA IMELDE HERNANDEZ FARFAN, DILIA NOHEMI FARFAN DE HERNANDEZ y ALVARO SAUL HERNANDEZ FARFAN son los únicos y universales herederos, de quien en vida respondiera al nombre de SAUL AVISAHI HERNANDEZ ESPINOZA; y que si saben y les consta que el Decujus SAUL AVISAHI HERNANDEZ ESPINOZA, falleció el día ocho (08) de Agosto del año 2.015.

D I S P O S I T I V A:

Finalmente este Juzgado considera, que de acuerdo a las actuaciones consignadas y realizadas, como la original del acta certificada de defunción N° 243, las partidas de nacimiento de los ciudadanos MILANYELA IMELDE HERNANDEZ FARFAN y ALVARO SAUL HERNANDEZ FARFAN, además del acta de matrimonio certificada N° 81, entre los ciudadanos DILIA NOHEMI FARFAN DE HERNANDEZ y SAUL AVISAHI HERNANDEZ ESPINOZA, y por cuanto en estas actuaciones solo aparecen como UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, los ciudadanos MILANYELA IMELDE HERNANDEZ FARFAN, DILIA NOHEMI FARFAN DE HERNANDEZ y ALVARO SAUL HERNANDEZ FARFAN, cuya filiación está legalmente comprobada. En consecuencia de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 937 del Código de Procedimiento Civil; este Tribunal Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA bastante y suficientemente las presentes actuaciones a favor de los ciudadanos MILANYELA IMELDE HERNANDEZ FARFAN, DILIA NOHEMI FARFAN DE HERNANDEZ y ALVARO SAUL HERNANDEZ FARFAN, venezolanos, mayores de edad, civilmente hábiles, titulares de las cédulas de identidad Nº V- 14.948.827, V-5.361.813, y V- 12.904.059, de este domicilio; en su condición de UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS del Decujus SAUL AVISAHI HERNANDEZ ESPINOZA, dejando a salvo en todo caso, los derechos y acciones que puedan corresponder a terceros. Devuélvanse las presentes actuaciones originales a la solicitante.


PUBLÍQUESE, REGÍSTRESE Y DÉJESE COPIA CERTIFICADA
Dada, firmada y sellada en la sala de Despacho de este Juzgado, en la ciudad de San Fernando de Apure, del día Ocho (08) del mes de Diciembre del año Dos Mil Quince (2.015). Años 205º de la Independencia y 156º de la Federación.

EL Juez,



ABG. FRANCISCO JAVIER PADRÓN


La Secretaria Titular,


ABG. MARÍA MILAGRO ARANGUREN T.

En esta misma fecha se publicó y registró la anterior Sentencia, conforme a lo ordenado y quedó anotada en el punto Nº , en el folio ( ), del Libro Diario.

La Secretaria Titular,

ABG. MARÍA MILAGRO ARANGUREN T.




S/Nº 15-658
FJP/MMAT/Génesis