San Fernando de Apure, 9 de Diciembre de 2015
205° y 156°

SOLICITUD: 15-723
SENTENCIA: DEFINITIVA
MATERIA: CIVIL
PROCEDIMIENTO: TÍTULO SUPLETORIO
SOLICITANTE: JADDAN ABOU MECHDEB
FECHA DE ENTRADA: 03 DE DICIEMBRE DE 2015.

Vista la Solicitud Nº 15-723, presentada por el ciudadano: JADDAN ABOU MECHDEB, venezolano, mayor de edad, civilmente hábil, titular de la cédula de identidad Nº V- 25.888.616, quien ha solicitado le sean declaradas suficientes las probanzas evacuadas para asegurarse la propiedad y otros derechos sobre las bienhechurías que describen en su solicitud, vistas y oídas como fueron las mismas, así como las declaraciones de los testigos que se ordenó evacuar, encontradas conformes. Este Tribunal Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios San Fernando y Biruaca de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil y sin perjuicio de terceros de igual o mejor derecho, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad de la Ley, DECLARA TÍTULO SUPLETORIO DE PROPIEDAD Y POSESIÓN, sobre las bienhechurías construidas sobre un terreno de propiedad del ciudadano: JADDAN ABOU MECHDEB, según documento debidamente protocolizado por ante la Oficina Subalterna de Registro Público del Municipio San Fernando del Estado Apure, en fecha 5 de Octubre del año 2004, registrado bajo el Nº 10, Folios 58 al 77, Protocolo Primero, Tomo Segundo, Cuarto Trimestre del año 2004, constante de Doscientos Sesenta Metros Cuadrados con Cincuenta y Cuatro Centímetros (260,54 M2), comprendido dentro de los siguientes linderos y medidas: NORTE: Calle Santa Inés, (2,55+1,70+7,85 mts); SUR: Calle Comercio, (10,80 mts); ESTE: Casa de Gustavo Silva Pérez, (23,90 mts) y OESTE: Local de Donato D´Adamo, (25,05 mts), linderos y medidas los cuales constan en la Cédula Catastral N° 7295-15, expedida por la Oficina Municipal de Catastro de la Alcaldía del Municipio San Fernando del Estado Apure. Ubicado en la calle Comercio de esta ciudad de San Fernando de Apure, Municipio San Fernando del Estado Apure y que con dinero de su propio peculio, a sus solas y únicas expensas ha construido en un lote de terreno bienhechurías las cuales están constituidas por un (01); Edificio de tres (3) plantas o niveles, conformada la PLANTA BAJA, por un (1) salón sin techo, dos (2) baños, dos (2) escaleras de internas de acceso a la segunda planta, una (1) puerta y una (1) santa maría de acceso al salón por el lado norte, una (1) puerta de acceso a la primera planta por el lado sur, y dos (2) santa maría de acceso al salón por la parte sur, construido con paredes de bloque con friso liso, piso de granito, fachada norte y sur de tablilla, ventanas panorámicas de vidrio y hierro, todo según se evidencia de plano que se anexo marcado “A”. Un PRIMER PISO, conformado por caminerías laterales que bordean parte de la planta baja, un (1) baño, una (1) oficina comercial con tres (3) ambientes, un (1) baño interno y una escalera de acceso a la segunda planta situada al lado sur del edificio, dicha oficina tiene una puerta de acceso situada al lado de las escaleras de acceso a la segunda planta y una (1) puerta en la parte posterior que se comunica con las caminerías que bordean la planta baja del edificio, construido con paredes de bloque con friso liso, las caminerías que bordean la planta baja tiene piso de granito y la oficina comercial tiene piso de porcelanato, techo de platabanda, ventanas panorámicas de vidrio y hierro, puertas internas de madera y externas de hierro, todo según se evidencia de plano que se anexo marcado “B”. Un SEGUNDO PISO, conformado por un (1) apartamento conformado por tres (3) habitaciones; una (1) habitación con baño interno y closet, una (1) habitación con closet y una (1) habitación con baño, closet y un balcón que da al lado norte del edificio, dos (2) baños auxiliares, una (1) sala, una (1) cocina, un (1) comedor, un (1) balcón con vista a la calle Comercio, un (1) lavandero, un (1) hall de acceso, un (1) cuarto de depósito, una (1) escalera que viene de la segunda planta situada al lado sur del edificio, construido con paredes de bloque con friso liso, piso de porcelanato, techo de platabanda, ventanas panorámicas de vidrio y hierro, y puertas de madera. En las cuales se invirtieron la suma de TRESCIENTOS MILLONES DE BOLIVARES (Bs. 300.000.000,00), que tiene totalmente cancelados. Bienhechurías que se determinan en la solicitud y mediante justificativos de testigos evacuados ante este Tribunal, a favor del el ciudadano: JADDAN ABOU MECHDEB, plenamente identificado. Se ordena devolver las resultas a al Solicitante.-

El Juez,


ABG. FRANCISCO JAVIER PADRÓN.


La Secretaria Titular;

ABG. MARÍA MILAGRO ARANGUREN T.

En esta misma fecha se devuelven las presentes actuaciones, y consta de ( ) folios útiles, quedó anotado en el punto Nº , del libro diario.


La Secretaria Titular;

ABG. MARÍA MILAGRO ARANGUREN T.



SOLICITUD N° 15-723.
FJP/MMAT/af.-