San Fernando de Apure, 09 de Diciembre de 2.015
205° y 156°
SOLICITUD: 15-724
SENTENCIA: DEFINITIVA
MATERIA: CIVIL
PROCEDIMIENTO: TITULO SUPLETORIO
SOLICITANTE: NELLY YANET PETIT FARFAN.
FECHA DE ENTRADA 03 DE DICIEMBRE DE 2.015.

Vista la Solicitud Nº 15-716, presentada por la ciudadana NELLY YANET PETIT FARFAN, venezolana, mayor de edad, soltera, de este domicilio, titular de la cédula de identidad Nº V-10.617.793, quien ha solicitado le sean declaradas suficientes las probanzas evacuadas para asegurarse la propiedad y otros derechos sobre las bienhechurías que describen en su solicitud, vistas y oídas como fueron las mismas, así como las declaraciones de los testigos que se ordenó evacuar, encontradas conformes. Este Tribunal Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios San Fernando y Biruaca de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil y sin perjuicio de terceros de igual o mejor derecho, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley, DECLARA: TÍTULO SUPLETORIO DE PROPIEDAD Y POSESIÓN, suficiente sobre las bienhechurias existente en una parcela de terreno de su propiedad, según documento de COPIA CERTIFICADA DE COMPRA - VENTA DE EJIDO. El cual queda registrado por ante la Oficina del Registro Publico del Municipio Autónomo San Fernando, de fecha Cuatro (04) de Marzo del Dos Mil Once (2011), quedando inscrito bajo el Nº 1084 y Folio 1085-1085 Respectivamente. Este Documento quedo inscrito bajo el Numero 2011.568, Asiento Registral 1 del Inmueble matriculado con el Nº 271.3.6.1.3955 y correspondiente al Libro de Folio Real del año 2011. Con un área de DOS MIL CUATROCIENTOS DOCE METROS CUADRADOS CON TREINTA CENTIMETROS (2.412,30 M2/cm), ubicado en la “PARROQUIA SAN FERNANDO, AVENIDA 5 DE JULIO”, Municipio San Fernando, Ubicados dentro de los siguientes linderos Cívicos: NORTE: CASA DE ISABEL CARVAJAL y PEDRO BEJAS, SUR: CASA DE LA FAMILIA GUEDEZ, ESTE: AV. 05 DE JULIO, OESTE: CASA DE JUAN AMADOR”. Y se encuentra comprendido entre los siguientes puntos; coordenadas y distancias: P-1(N 871.219.18; E 673.024.67); 55.80; P-2 (N 871.247.55; E 673.072.72); 46,40; P-3 (N 871.206.36; E 673.044.14); 55;00; P-4 (N 871.183.32; E 673.044.14); 40,80 P-1 (N 871.219.18; E 673.024.67); y con dinero de su propio peculio a sus solas y únicas expensas ha construido las bienhechurias antes mencionadas, constituidas por: Tres (03) dormitorio; dos (02) baños con piso en cerámica; una (01) cocina; un (01) comedor; cuatro (04) puertas de hierro; doce (12) ventanas con protectores de hierro; toda esta cercada con bloques; dicha bienhechurias miden: Quince Metros Con Veintisiete Centímetros Cuadrados (15,27 M2/cm) de frente y Once Metros Con Veintidós Centímetros Cuadrados (11,22 M2/cm) para un total de CIENTO SETENTA Y UN METROS CON TREINTA Y DOS CENTIMETROS CUADRADOS (171,32 M2/cm). En las cuales invirtieron una suma de SIETE MILLONES CIEN MIL BOLÍVARES CON CERO CENTIMOS (Bs. 7.100.000,00). Bienhechurías que se determinan en la Solicitud y mediante Justificativo de Testigos evacuados ante este Tribunal, a favor de la ciudadana NELLY YANET PETIT FARFAN, plenamente identificada. Se ordena devolver las resultas a la solicitante.
El Juez,


ABG. FRANCISCO JAVIER PADRON.

La Secretaria Titular;


ABG. MARIA MILAGRO ARANGUREN TOVAR.

En esta misma fecha se devuelven las presentes actuaciones, y consta de (14) folios útiles, quedó anotado en el punto Nº 5º al folio 185 Vto, del libro diario.

La Secretaria Titular;


ABG. MARIA MILAGRO ARANGUREN TOVAR.






Solicitud N°. 15-724
FJP/MMAT/Christtian.