REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución del Circuito de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Apure.-
San Fernando, 12 de Enero de 2015
204º y 155º
ACTA DE AUDIENCIA DE JURISDICCIÓN VOLUNTARIA
JOISSY LOANMI BOLIVAR ACEVEDO, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nro. 17.851.579.-
BENEFICIARIOS: HNOS. (Cuya identidad Se omite de conformidad con lo establecido en el artículo 65 de la Ley Orgánica Para la Protección de Niños, Niñas y del Adolescente)
MOTIVO: AUTORIZACION JUDICIAL PARA COBRO DE BENEFICIOS SOCIALES.-
En horas de Audiencia del día de hoy, siendo las 08:50 am, oportunidad señalada para la realización de la Audiencia Única de Jurisdicción Voluntaria en la presente solicitud, se dio inicio a la referida Audiencia, presidida por la Jueza Dra. DULCE MEDINA, con la asistencia de la Secretaria Abg. NERYS RUIZ, y el Alguacil JOSE AGUIRRE.- Constituido el Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, a los fines de celebrarse la audiencia de jurisdicción voluntaria, prevista en el artículo 512 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, por motivo de “Solicitud de “AUTORIZACION JUDICIAL PARA COBRO DE BENEFICIOS SOCIALES”, suscrita por la ciudadana JOISSY LOANMI BOLIVAR ACEVEDO, actuando en representación de sus hijos HNOS. (Cuya identidad Se omite de conformidad con lo establecido en el artículo 65 de la Ley Orgánica Para la Protección de Niños, Niñas y del Adolescente). Se anuncio el acto en las puertas del Tribunal, se deja constancia ante este Recinto que no compareció la solicitante. Se deja constancia que se encuentra presente el Abg. ERNESTO LUIS BOCANEY, Defensor Publico Segundo para el sistema de Protección de Niños, Niñas y Adolescente.-
Después de concluidas las actividades procesales, inmediatamente la Jueza de este Tribunal procedió a dictar el dispositivo del fallo en los siguientes términos: “Por lo antes expuesto Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución del Circuito de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Apure Administrando Justicia En Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y Por Autoridad de la Ley, DECLARA EXTINGUIDA la presente solicitud suscrita por la ciudadana JOISSY LOANMI BOLIVAR ACEVEDO, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nro. 17.851.579, actuando a favor de los Hnos. (Cuya identidad Se omite de conformidad con lo establecido en el artículo 65 de la Ley Orgánica Para la Protección de Niños, Niñas y del Adolescente), de conformidad con lo establecido en el artículo Nro. 514 de la Ley Orgánica para la Protección del Niños, Niñas y Adolescentes. Cúmplase. Asimismo se acuerda cerrar la presente causa por cuanto no hay más actuaciones que practicar y remítase al Archivo Judicial de esta ciudad. Se dio por concluido el acto, se deja constancia que la presente Audiencia NO fue reproducida en forma audiovisual, por carecer este Tribunal de los equipos audiovisuales.- se leyó y conformes firman.-
La Jueza Prov.,
Dra. DULCE MEDINA
La Secretaria
Abg. NERYS RUIZ
El Alguacil
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Defensor Publico
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Exp. Nro. JMSS-1-6483DM/sore.-
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