San Fernando de Apure, 29 de Enero de 2.015
204° y 155°

SOLICITUD: 15-282
SENTENCIA: DEFINITIVA
MATERIA: CIVIL
PROCEDIMIENTO: TITULO SUPLETORIO
SOLICITANTE: BELKIS XIOMARA PULIDO.
FECHA DE ENTRADA 23 DE ENERO DE 2.015.
Vista la Solicitud Nº 15-282, presentada por la ciudadana BELKIS XIOMARA PULIDO, venezolana, mayor de edad, soltera, de este domicilio, titular de la Cédula de Identidad N° V-9.869.921, quien ha solicitado les sean declaradas suficientes las probanzas evacuadas para asegurarse la propiedad y otros derechos sobre las bienhechurias que describen en su solicitud, vistas y oídas como fueron las mismas, así como las declaraciones de las testigos que se ordenó evacuar, encontradas conformes. Este Tribunal Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios San Fernando y Biruaca de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil y sin perjuicio de terceros de igual o mejor derecho, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley, DECLARA TÍTULO SUPLETORIO DE PROPIEDAD Y POSESIÓN, suficiente sobre un conjunto de bienhechurias construidas sobre un terreno del Municipio San Fernando, según consta el Contrato de Arrendamiento Ejido, debidamente autorizado por “EL ARRENDADOR” representado en este acto por la Sindica Procuradora Municipal (E) Abog. JHEANCERLHIS DEL VALLE ECHENIQUE ROJAS, de la Alcaldía del Municipio San Fernando, Estado Apure, con una superficie de terreno de NOVENTA Y CINCO METROS CUADRADOS CON SESENTA Y CUATRO CENTIMETROS (95,64 m2), ubicado en la Parroquia San Fernando, ”BARRIO JAIME LUSINCHI”, calle Principal, S/N, del Municipio San Fernando, Estado Apure, cuyos linderos y medidas son los siguientes: NORTE: Calle Principal, CON SIETE METROS Y VEINTE CENTIMETROS (7,20 Mts); SUR: Casa de la Familia Vargas, CON SIETE METROS Y TREINTA CENTIMETROS (7,30 Mts); ESTE: Casa de Génesis Acosta, CON DOCE METROS CON NOVENTA Y CINCO CENTIMETROS (12,95 Mts); y OESTE: Casa de la Familia Franco, CON CATORCE METROS (14,00 Mts); y con dinero de su propio peculio, a sus solas y únicas expensas ha construido un conjunto de bienhechurias de las siguientes características: en una casa propia para habitación Familiar, compuesta por Dos (02) habitación Un (01) baño, Un (01) área para cocina y sala-comedor, piso de cemento, techo de platabanda, y zinc, así como también la instalación de los servicios públicos básicos en las cuales invirtió una suma de CUATROCIENTOS MIL BOLIVARES (Bs 400.000,00). Bienhechurias que se determinan en la Solicitud y mediante Justificativo de las Testigos evacuadas ante este Tribunal, a favor de la ciudadana BELKIS XIOMARA PULIDO, plenamente identificada. Se ordena devolver las resultas a la Solicitante.
El Juez,

ABOG. FRANCISCO JAVIER PADRON.

La Secretaria Titular,

ABOG. MARIA MILAGRO ARANGUREN TOVAR.
En esta misma fecha se devuelven las presentes actuaciones, y consta de ( ) folios útiles, quedó anotado en el punto Nº , al folio , del libro diario.
La Secretaria Titular,

ABOG. MARIA MILAGRO ARANGUREN TOVAR.
















SOLICITUD N°. 15-282.
FJP/MMAT/Yudit.