REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA



TRIBUNAL TERCERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO MUÑOZ
(MANTECAL) DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO APURE.-
SOLICITANTE: GLENNYS MARITZA ZAPATA.-
MOTIVO: TITULO SUPLETORIO DE BIENHECHURIAS.-
ABOGADA: MARIA FAUDITO (IPSA: N° 164.399).
SOLICITUD: Nº 968-15.
N° 0014.--
Vista la solicitud presentada por la ciudadana: GLENNYS MARITZA ZAPATA, venezolana, soltera, mayor de edad, domiciliada en la Población de Mantecal, Municipio Muñoz del Estado Apure y titular de la Cédula de Identidad Nº V- 8.191.689; así como las declaraciones de los testigos. Admítase cuanto ha lugar en derecho la anterior solicitud, por no ser contraria al Orden Público, a las Buenas Costumbres o alguna disposición expresa de la Ley. En consecuencia, este Tribunal Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Muñoz (Mantecal) de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, Administrando Justicia en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil y sin perjuicio de terceros de igual o mejor derecho, Declara TITULO SUPLETORIO BASTANTE DE PROPIEDAD Y POSESION, a favor de la ciudadana: GLENNYS MARITZA ZAPATA, antes identificada; sobre las bienhechurías que se determinan en la presente solicitud y mediante el justificativo de testigos evacuado por ante este Tribunal, ubicadas en el asentamiento campesino Baldíos de Muñoz, denominado “CHAPARRALITO” del Sector La Honda Azules, jurisdicción de la Parroquia Mantecal, Municipio Muñoz del Estado Apure.- Las bienhechurías están constituidas por: Sección “A”: Una (1) casa de habitación familiar con un área de construcción de OCHO METROS DE FRENTE POR DIEZ METROS DE FONDO (8 Mts X 10 Mts.), para un total de OCHENTA (80MTS2) metros cuadrados, edificada con paredes de bloques y cemento frisadas, columnas de cemento con cabillas, piso de cemento pulido, dos (02) puertas de hierro, techo de acerolit en estructura metálica y tres (03) ventanas panorámicas, dicha casa esta distribuida por: dos (02) habitaciones, una (01) sala, una (01) cocina, un (01) comedor, un (01) baño interno, un (01) corredor.- Sección “B”: Una vaquera de quince metros de fondo por diez metros de frente (15mts X 10mts) para un total de ciento cincuenta metros cuadrados (150mts2), construida de metales de hierro, techo de acerolit, piso de cemento, con anexo de corrales de madera, divididos en cinco (05) potreros con veinte (20) hectáreas sembrada con pasto artificial, y dos pozos de agua blanca.- Las mencionadas bienhechurías se encuentran construidas sobre un lote de terreno propiedad del Instituto Nacional de Tierras (INTI), según consta en Certificación de Ocupación; emitida por el referido Instituto, en fecha 16/11/2.014; constante de SEISCIENTAS HECTÁREAS CON CUATRO MIL DOCE METROS CUADRADOS (600. Ha con 4.012 M²); dentro de los siguientes linderos NORTE: Carretera Nacional vía los Módulos de Apure.- SUR: Caño Caicara- ESTE: terrenos ocupados por Silvestre Yusty y OESTE: Terrenos ocupados por Jesús Yusty.- En dichas bienhechurías la ciudadana: GLENNYS MARITZA ZAPATA, invirtió la cantidad de UN MILLÓN QUINIENTOS MIL BOLIVARES (Bs. 1.500.000,00).-
Devuélvase original de estas resultas a la solicitante, quedando anotado en el libro de Solicitudes llevados por este Tribunal, bajo el Nº S-968-15.-
Publíquese, regístrese y déjese copia certificada de conformidad con el Artículo 248 del Código de Procedimiento Civil.-
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Tribunal Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Muñoz (Mantecal) de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, a los veintiocho (28) días del mes de Enero del año dos mil quince (2.015). AÑOS: 204° Y 155°.-
La Jueza Prov.,
Abog. Ana María Garcías.
La Secretaria Tit,
Abog. Yulis Magalis Villanueva Araque
En la misma fecha siendo las 10:35 a.m., se publicó y registró el anterior decreto. Conste.-
Abog. Yulis Magalis Villanueva Araque