REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
CORTE DE APELACIONES
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
CORTE DE APELACIONES
DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO APURE
San Fernando de Apure, 19 de Enero 2015
204° y 155°
CAUSA Nº 1Aa-2923-15
JUEZ PONENTE: EDWIN ESPINOZA COLMENARES
Corresponde a esta Alzada pronunciarse sobre la admisibilidad de la pretensión interpuesta el 7-1-2015, por la Abg. Olgamar del Carmen Fernández Pérez, Defensora Pública del ciudadano Alfren Alcaderne Flores Herrera, contra la decisión dictada el 28-12-2014, por la Juez de Primera Instancia en funciones de Control del Circuito Judicial Penal con Competencia en Delitos de Violencia Contra la Mujer de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, Abg. MARIA ANGELICA CASTILLO SILVA, mediante la cual acordó Medida de Privación Judicial Preventiva de Libertad, en contra del ciudadano antes mencionado por la presunta comisión de los delitos de: Robo Agravado en Grado de Cooperador Inmediato, previsto y sancionado en el artículo 458 del Código Penal, y Violencia Sexual en grado de Cooperador Inmediato, previsto y sancionado en el artículo 43 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, en concordancia con el artículo 83 del Código Penal. La Corte pasa a pronunciarse en los siguientes términos:
Por no configurarse ninguno de los supuestos de inadmisibilidad establecidos en el artículo 428 del Código Orgánico Procesal Penal, se admite la presente apelación de conformidad con el artículo 439 numeral 4º eiusdem.
Este Tribunal Superior se reserva el lapso establecido en el tercer aparte del artículo 442 de la ley adjetiva penal, para resolver el fondo de la cuestión planteada.
EL JUEZ PRESIDENTE (Ponente),
EDWIN ESPINOZA COLMENARES.
EL JUEZ,
ALONSO HIDALGO ZAPATA.
LA JUEZA,
NELLY MILDRET RUIZ RUIZ.
LA SECRETARIA,
ROSMARY TORRES
EEC/AHZ/NMR/RT/José
Causa N° 1Aa-2923-15