LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE:
JUZGADO SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SAN FERNANDO Y BIRUACA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO APURE
Vista la solicitud de Divorcio formulada por los ciudadanos IRVING ANDRÉS JIMÉNEZ BERMÚDEZ y YARISMA YAMILE ORTIZ RANGEL, venezolanos, mayores de edad titulares de las cedulas de identidad Nº 10.753.448 y 13.255.317, respectivamente, ambos de este domicilio, y asistidos de abogado, basados en el articulo 185-A del Código Civil, por cuanto no es contraria a derecho, a las buenas costumbres o a alguna disposición expresa de la Ley, y por cuanto el Fiscal del Ministerio Publico no objetó dicha solicitud, este Tribunal Administrando Justicia en nombre de la REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA, y por autoridad de la Ley declara CON LUGAR la presente acción de Divorcio. En consecuencia, disuelto por DIVORCIO el vínculo matrimonial que unía a los cónyuges: IRVING ANDRÉS JIMÉNEZ BERMÚDEZ y YARISMA YAMILE ORTIZ RANGEL, el cual contrajeron por ante el Registro Civil de la Parroquia Cagua del Municipio Sucre del Estado Aragua, en fecha 11 de Noviembre del año 1998, según consta del Acta de Matrimonio N° 344, acompañada. Y así se decide.
Liquídese la comunidad conyugal.
Publíquese, regístrese y cópiese.
Dada, firmada y sellada en la sala del despacho del Juzgado Segundo De Municipio Ordinario Y Ejecutor De Medidas De Los Municipios San Fernando Y Biruaca Circunscripción Judicial Del Estado Apure, al segundo (02) día del mes de Febrero del año Dos Mil Quince (2015). Año 204° de la Independencia y 155° de la Federación.
LA JUEZA,
Dra. JEANNET J. AGUIRRE DELGADO
EL SECRETARIO,
Dr. LENIN ALEXANDER POLANCO
Conforme lo ordenado se registro y publico sentencia siendo las 11:00 a.m.
EL SECRETARIO,
Dr. LENIN ALEXANDER POLANCO
JA
Exp. N° 2098-15
Quien suscribe, LENIN ALEXANDER POLANCO, Secretario del Juzgado Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios San Fernando y Biruaca de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, CERTIFICA: Que la presente copia constante de un (01) folio útil es traslado fiel y exacto de su original la cual cursa en el Expediente N° 2086-14. Biruaca, 22 de Enero del 2015.
EL SECRETARIO,
ABG. LENIN ALEXANDER POLANCO
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