San Fernando de Apure, 11 de Febrero del año 2.015
204° y 155°

SOLICITUD: 15-294
SENTENCIA: DEFINITIVA
MATERIA: CIVIL
PROCEDIMIENTO: TÍTULO SUPLETORIO
SOLICITANTE: LUÍS ORLANDO RODRÍGUEZ TORREALBA
FECHA DE ENTRADA: 30 DE ENERO DE 2015.

Vista la Solicitud Nº 15-294, presentada por el ciudadano LUÍS ORLANDO RODRÍGUEZ TORREALBA, de nacionalidad venezolana, mayor de edad, civilmente hábil, de este domicilio, titular de la cédula de identidad Nº V- 10.617.563, quien a solicitado le sean declaradas suficientes las probanzas evacuadas para asegurarse la propiedad y otros derechos sobre las bienhechurías que describen en su solicitud, vistas y oídas como fueron las mismas, así como las declaraciones de los testigos que se ordenó evacuar, encontradas conformes. Este Tribunal Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios San Fernando y Biruaca de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil y sin perjuicio de terceros de igual o mejor derecho, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley, DECLARA TÍTULO SUPLETORIO DE PROPIEDAD Y POSESIÓN, sobre un terreno de su propiedad, según consta en el documento de Compra Venta debidamente protocolizado por ante el Registro Público del Municipio San Fernando del Estado Apure, quedando inscrito bajo el N° 2014.1637, Asiento Registral 01 del Inmueble matriculado con el N° 271.3.6.1.14562, correspondiente al Libro Real del año 2014, ubicado en el Barrio Campo Alegre, Municipio San Fernando, Estado Apure, con una superficie de terreno de DOSCIENTOS VEINTISEIS METROS CUADRADOS CON CINCUENTA CENTIMETROS (226,50 M2), cuyos linderos y medidas son los siguientes: NORTE: Familia Pérez, con QUINCE METROS CON DIEZ CENTIMETROS (15,10 Mts); SUR: Calle Principal, con QUINCE METROS CON DIEZ CENTIMETROS (15,10 Mts); ESTE: Familia Rojas, con QUINCE METROS (15,00 Mts); OESTE: Familia Rodríguez, con QUINCE METROS (15,00 Mts); y que con dinero de su propio peculio, a sus solas y únicas expensas ha construido en un lote de terreno bienhechurías las cuales están constituida por: una (01) casa con paredes de bloques frisadas, porche con jardinera, tres (03) habitaciones, un (01) baño con todos sus accesorios, una (01) sala recibo, una (01) sala comedor, una (01) cocina semi empotrada, piso de cemento con cerámica, techo de sen sen, puertas y ventanas metálicas, contando con todos los servicios de luz, agua blancas y servidas. En las cuales se invirtieron la suma de DOSCIENTOS MÍL BOLÍVARES (BsF 200.000,00). A favor del ciudadano LUÍS ORLANDO RODRÍGUEZ TORREALBA, plenamente identificado. Se ordena devolver las resultas al Solicitante.-

El Juez,


ABG. FRANCISCO JAVIER PADRÓN.


La Secretaria Titular;

ABG. MARÍA MILAGRO ARANGUREN T.-

En esta misma fecha se devuelven las presentes actuaciones, y consta de ( ) folios útiles, quedó anotado en el punto Nº , del folio , del libro diario.

La Secretaria Titular;

ABG. MARÍA MILAGRO ARANGUREN T.-





SOLICITUD N° 15-294.
FJP/MMAT/gv.-