San Fernando de Apure, 12 de Febrero de 2015
204° y 155°
SOLICITUD: 15-297
SENTENCIA: DEFINITIVA
MATERIA: CIVIL
PROCEDIMIENTO: TITULO SUPLETORIO
SOLICITANTE(S): JESUS ALBERTO CARRERA ESPAÑA
FECHA DE ENTRADA 04 DE FEBRERO DE 2015.

Vista la Solicitud presentada por la ciudadana: JESUS ALBERTO CARRERA ESPAÑA, venezolano, mayor de edad, casado, titular de la cédula de identidad Nº V-4.671.143, y de este domicilio, quien ha solicitado les sean declaradas suficientes las probanzas evacuadas para asegurarse la propiedad y otros derechos sobre las bienhechurías que describe en su solicitud, vistas, oídas como fueron las mismas y las declaraciones de los testigos que se ordenó evacuar y encontradas conforme. Este Tribunal de conformidad con lo dispuesto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, sin perjuicio de terceros de igual o mejor derecho, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA: TITULO SUPLETORIO DE PROPIEDAD Y POSESIÓN; suficiente en las bienhechurías existentes construidas sobre un lote de terreno de su propiedad, según Contrato de Compra-Venta de Ejido, del Registro Publico de Inmobiliario Del Municipio San Fernando, Estado Apure, de fecha Diecinueve (19) de Septiembre del Año (2008), asentado bajo el N° 43, Folios 285 al 289, Protocolo Primero, Tomo Cuarenta y uno, Tercer Trimestre del referido Año, respectivamente, constante de una superficie de CUATROCIENTOS NOVENTA METROS CUADRADOS CON VEINTE CENTIMETROS CUADRADOS (490,20Mts2/Cm), Ubicado en la Avenida Perimetral Sur, Parroquia y Municipio Autónomo San Fernando, Estado Apure, bajo los siguientes linderos y medidas: NORTE: Avenida perimetral Sur en Diecisiete con veinte metros lineales (17,20mts.) ; SUR: Manga de Coleo “Vuelvan Caras” en Diecisiete con veinte metros lineales (17,20mts.); ESTE: Casa de Celenia Quintero en Veintiocho con Cincuenta metros lineales (28,50); y OESTE: Cauchera de Salvador Russo en Veintiocho con Cincuenta metros lineales (28,50), con nomenclatura catastral 03-06-03-15-01. Donde ha construido y conformado varios inmuebles, individualizados unos de otros, con ciertas áreas comunes, consistentes en: Apartamento para vivienda Familiar, locales comerciales cerrados, deposito y galpón techado y a cielo abierto, cuya descripciones generales son: De construcción de mampostería , totalmente frisadas las paredes, con concreto armado, con columnas y vigas reforzadas por seis (6) cabillas de diámetro de media pulgada y estribos 7mm,cada 15 centímetros, con techo de zinc ,por lo que respecta al galpón y placa losa –cero, por lo que respecta al apartamento de habitación familiar y platabanda por lo que respecta los dos (2) locales comerciales cerrados, mas un deposito, con las siguientes descripciones. Hacia el lindero OESTE y colindando de manera especifica con la empresa Mercantil donde funciona la Cauchera de Salvador Russo y con fachada principal hacia la avenida perimetral sur, construyo una edificación de dos plantas, discriminada de la siguientes maneras: PLANTA BAJA: Conformada por dos locales comerciales y un deposito. Un Primer Local Comercial, construido en el lindero oeste ya mencionado, que identifico para todos los efectos legales con la nomenclatura L-A de cuatro metros de frente por doce metros de fondo (4x12) que da una superpie de cuarenta y ocho metros (48,00mts.2), con baño interno, (08) columnas, sección cero veinte (0,20) por cero vientres (0,23), platabanda hecha de tabelones, puertas de hierro en su frente y piso de cemento pulido. UN DEPOSITO ubicado en la parte tracera del local comercial ya identificado con la nomenclatura L-B de cuatro metros de frente por tres metros de fondo (4x3) que dan una superficie de doce metros cuadrados (12,00mts,2) de cuatro columnas y platabanda hecha de tabelones, mas piso de cemento pulido. Un Segundo Local Comercial, que colinda con el lindero ESTE del primer local comercial, de cuatro metros de frente por quince metros de fondo (4x15) que da una superficie de sesenta metros cuadrados (60,00mts2) con baño interno, ocho (8) columnas, platabanda hecha de tabelones ,piso de cemento pulido, puertas en su frente. PLANTA ALTA: Conformado para un apartamento para habitación familiar, de una habitación, un baño, una sala-comedor, una cocina un salón de ocho metros por ocho metros (8x8) que da una superficie de sesenta y cuatro metros cuadrados (64,00mts2), con baño, la cubierta o el techo es una placa de loza cero puertas y ventanas de hierro, vidrio y aluminio. Estas bienhechurías están enmarcada dentro de un área de mayor extensión de terreno, colindado en la parte sur y este con la misma parcela de terreno de su propiedad, incluyendo dentro de estructura el empotramiento de todos los servicios Públicos, como aguas Blancas y aguas Negras, electricidad, aseo urbano, señal por cable además de las aguas servidas se conectan a pose séptico de seis metros con sesenta centímetros (6mts2, 60cm).Adicionalmente al inmueble ya descrito, construyo, en la parte o linderos este- sur. Aprovechando las paredes de mampostería con columnas, vigas riostra y vigas coronas, que delimitan toda el área de la parcela , un galpón, con estructura metálica, elementos tubulares y techo de zinc el cual esta conformado por seis (6) módulos para estacionamientos de vehículos totalmente techados, ubicado en el linderos sur, mas una oficina de estructura metálica, hechas de laminas de hierro en su techo y ventanas panorámicas de vidrios, cuya área de acceso, al igual que para acceder al apartamento, lo es por el lindero norte y por el lado del lindero este, con un portón de hierro de dos hojas batientes, que en su intermedio tiene una puerta pequeña. Las cuales construyo con dinero de su propio peculio y a sus solas y únicas expensas, que para el momento de la construcción invirtió una cantidad de DOS MILLONES DE BOLIVARES (Bs. 2.000.000,00), en materiales de construcción y manos de obras, los cuales quedaron totalmente canceladas. Bienhechurías estas que se determinan en la Solicitud y mediante Justificativo de Testigos evacuados ante este Tribunal, a favor del ciudadano: JESUS ALBERTO CARRERA ESPAÑA, plenamente identificado. Se ordena devolver estas resultas al solicitante antes identificado en el escrito de solicitud.-
El Juez;

Abog. Francisco Javier Padrón.

La Secretaria Titular;

Abog. Maria Milagro Aranguren T.

En esta misma fecha se devuelven las presentes actuaciones a la interesada, constante de folios útiles y, quedó anotada en el punto N°. , al folio del Libro Diario.

La Secretaria Titular;

Abog. Maria Milagro Aranguren T.








SOLICITUD: N°.15-297.
FJP/MMAT/jwpc.-