San Fernando de Apure, 13 de Febrero de 2.015
204° y 155°


SOLICITUD: 15-286
SENTENCIA: DEFINITIVA
MATERIA: CIVIL
PROCEDIMIENTO: TITULO SUPLETORIO
SOLICITANTE: JOSE MARTIN CEBALLOS PORTILLO
FECHA DE ENTRADA 29 DE ENERO DE 2015.

Vista la Solicitud presentada por el ciudadano JOSE MARTIN CEBALLOS PORTILLO venezolano, mayor de edad, soltero, titular de la Cédula de Identidad N°. V- 13.640.714, de este domicilio quien ha solicitado le sean declaradas suficientes las probanzas evacuadas para asegurarse la propiedad y otros derechos sobre las bienhechurías que describe en su Solicitud. Vistas y oídas como fueron las mismas, así como las declaraciones de los testigos que se ordenó evacuar y, encontradas conformes.- Este Juzgado Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios San Fernando y Biruaca de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 937 del Código de Procedimiento Civil y sin perjuicio de terceros de igual o mejor derecho, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley, DECLARA: TITULO SUPLETORIO DE PROPIEDAD Y POSESIÓN, según documento de autorización suscrito por la ciudadana Abog. Jheancerlhis del Valle Echenique Rojas. En su carácter de Sindica Procuradora del Municipio Autónomo San Fernando, autoriza, al ciudadano Ceballos Portillo José Martín, titular de la cedula de identidad N° 13. 640.714 a objeto de Tramitar y registrar Titulo Supletorio, sobre un lote de terreno de propiedad Municipal , se evidencia en cedula catastral N° 0121-15, de fecha 08/01/2015,constante de una superficie de (390,00m2), ubicado en la Parroquia San Fernando, Avenida Primero de Mayo, S/N, constante de las siguientes medidas: NORTE: Avenida Primero de Mayo en quince metros (15,00mts), SUR: Terreno de Familia Araujo, en quince metros (15,00mts), ESTE: Terreno de la Familia Méndez en veintiséis metros (26,00mts), OESTE: Terreno de la Familia Corona, en veintiséis metros (26,00mts), bienhechurías con las siguientes características: una casa, compuesta de tres cuartos, un baño ,una cocina, un comedor y un lavandero, con paredes de bloque, techo de acerolit, ventanas y puertas de hierro, pisos de cemento y todas sus instalaciones de agua y electricidad. Dichas bienhechurías se encuentran construidas sobre un terreno de su propiedad, el cual construyo a sus solas y únicas expensa con dinero de su propio peculio, habiendo invertido en dicha construcción la cantidad de CIEN MIL BOLIVARES (100.000.00). Bienhechurías que se determinan en la Solicitud y mediante Justificativo de Testigos evacuados ante este Tribunal, a favor de el ciudadano; JOSE MARTIN CEBALLOS PORTILLO plenamente identificado. Se ordena devolver las resultas a la Solicitante.-
El Juez,

Abog.Francisco Javier Padron


La Secretaria Titular,

Abog. Maria Milagro Aranguren T.
En esta misma fecha se devuelven las presentes actuaciones al interesada, constante de ( ) folios útiles y, quedó anotada en el punto N°. , al folio , del Libro Diario.
La Secretaria Titular.

Abog. Maria Milagro Aranguren T.












Solicitud N°15-286.-
FJP/MMAT/mp