En el día de hoy, martes veinticuatro (24) de febrero del año dos mil quince (2.015), siendo las 9:00 a.m., conforme a lo acordado en el auto anterior, se trasladó y constituyó el TRIBUNAL TERCERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SAN FERNANDO Y BIRUACA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO APURE, conformado por el Juez Abg. FRANCISCO JAVIER PADRON, la Secretaria Titular Abg. MARIA MILAGRO ARANGUREN T. y el Alguacil Titular JOSE ALEXANDER ESPINOZA, en un inmueble, ubicado en la entrada de la Perimetral de esta ciudad de San Fernando de Apure, Municipio San Fernando, Estado Apure, con la finalidad de practicar la INSPECCIÓN JUDICIAL, solicitada por el ciudadano JULIO MIGUEL ARROCHA PEREZ, Extranjero, de nacionalidad Española, mayor de edad, pasaporte Nº XC066842, Id. Nº (7) RE 198000518356, titular de la Cedula de Identidad Nº E-169.994, en su carácter de Apoderado Judicial de la ciudadana GLORIA MARIA ALVARENGA DE AROCHA, asistido por el Abogado en ejercicio JEFFRY OSWALDO SILVA LOPEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-13.938.648, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 139.890, quienes se encuentran presentes en este acto. Compareció a prestar apoyo una Comisión Policial, conformada por dos (02) Funcionarios Policiales de la Policía Bolivariana del Estado Apure. Se NOTIFICA de la misión del Tribunal previa lectura del Despacho de Comisión al ciudadano JULIO MIGUEL ARROCHA PEREZ, antes identificado. Acto seguido el Tribunal pasa a dejar constancia de los particulares a que se contrae la solicitud de la siguiente forma: AL PARTICULAR PRIMERO: El Tribunal deja constancia que se encuentra constituido en un lote de terreno, ubicado en la Avenida Perimetral Sur, cuyos linderos y medidas son los siguientes: NORTE: Carretera El Terminal. SUR: Hotel La Estancia. ESTE: Terreno del Hotel La Estancia y OESTE: Casa y Solar de Argenis Torres, el mismo tiene unas medidas de aproximadamente VEINTICUATRO METROS CON CINCUENTA CENTIMETROS (24.50MTS) de largo Y DOCE METROS (12 MTS) de ancho, es todo. AL PARTICULAR SEGUNDO: Este Tribunal deja constancia que dichas bienhechurias tienen las siguientes características físicas: Tres (03) locales destinados a uso comercial, de aproximadamente DOS METROS CON SESENTA CENTIMETROS (2.60 MTS), de frente cada uno por un fondo de aproximadamente CINCO METROS (5MTS.), construidos con columnas de cemento y sus agregados, bloques frisados, piso de cemento rustico, techo con tubos loza cero y zinc, puertas de metal y sus respectivas instalaciones eléctricas. Dos (02) locales en estado de construcción, columnas y sus respectivas vigas de arrastre de aproximadamente DOS METROS CON SESENTA CENTIMETROS (2.60 MTS), de frente cada uno por un fondo de aproximadamente CINCO METROS (5MTS.), es todo. AL PARTICULAR TERCERO: este Tribunal deja constancia que por información suministrada por el Notificado que de los cinco (05) locales identificados en el PARTICULAR SEGUNDO, dos (02) se encuentran ocupados en carácter de inquilinos, por tres (03) ciudadanos de nombre: LOGAN DAVID FRANCISCO, titular de la Cedula de Identidad Nº V-15.852.832, quien manifiesta ser Empleado de la ciudadana MAIRA ESTRADA, inquilina de una peluquería. El segundo Local alquilado por la ciudadana AROCHA HERRERA YULIAMNA NAZARETH, titular de la Cedula de Identidad Nº V- 25.611.196, Es todo. Se deja expresa constancia, que la practica de la presente Medida no causo ningún tipo de tasas, aranceles o pago alguno para este Tribunal, de conformidad con lo establecido en la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela. No siendo otra la misión del Tribunal, da por terminado el acto y ordena el regreso a su sede natural siendo las 10:45 a.m. Es todo, terminó, se leyó y conformes firman.-
El Juez.
Abg. FRANCISCO JAVIER PADRON.
El solicitante y su Abogado Asistente.
JULIO MIGUEL ARROCHA PEREZ.
Abg. JEFFRY OSWALDO SILVA LOPEZ.
El Jefe de la Comisión policial.
OFICIAL AGREGADO EGDUAR OLIVARES.
C.I. V- 18.328.834.
El Alguacil Titular.
JOSE ALEXANDER ESPINOZA.
La Secretaria Titular.
Abg. MARIA MILAGRO ARANGUREN T.
Nº S- 15-309.-
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