REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL

Tribunal de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Estado Apure
San Fernando de Apure, Primero (01) de julio de dos mil quince
205º y 156º
SENTENCIA INTERLOCUTORIA CON FUERZA DE DEFINITIVA



Nº DE EXPEDIENTE: CP01-L-2015-000048
PARTE ACTORA: GHALEB BOU HAMDAN
APODERADO JUDICIAL: RAFAEL ESPINOZA
PARTE DEMANDADA: KAMAL ABOU FARAK
APODERADO DE LA PARTE DEMANDADA: SIN DESIGNAR
MOTIVO: PRESTACIONES SOCIALES

En el día hábil de hoy, miércoles primero (01) de julio de dos mil quince (2015), siendo las nueve (9:00) horas de la mañana, oportunidad fijada para que tenga lugar el inicio de la Audiencia Preliminar en el juicio por cobro de Prestaciones Sociales, previo el anuncio de Ley se dio inicio a la misma y visto que no comparecieron las partes ni por si, ni por medio de apoderado judicial alguno, en consecuencia, este Tribunal deja constancia de tal circunstancia; no obstante, se encuentra presente el abogado MARCOS GOITÍA, inscrito en el inpreabogado bajo el N° 75.239, en su carácter de Apoderado Judicial del demandado de autos, por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Tribunal Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley DECLARA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. Es todo, terminó, se leyó, Publíquese, Regístrese.


Dada, firmada y sellada en la Sala del Despacho del Tribunal Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, primero (01) de julio de dos mil quince (2015). Años: 205° de la Independencia y 156° de la Federación.-

El Juez Titular,

Abg. Carlos Espinoza Colmenares



La Secretaria,


Abg. Nereida Claribeth Torres Salazar



Apoderado Judicial del Demandado