LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE:




JUZGADO SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SAN FERNANDO Y BIRUACA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO APURE
205° y 156°

Vista la solicitud de Divorcio formulada por los ciudadanos: LUIS ENRIQUE DÍAZ PEREZ Y YUSNELLYS RENEE MONAGAS BLANCO, venezolanos, mayores de edad titulares de las cedulas de identidad NºV-12.585.490 y V-12.585.079 respectivamente, asistidos de abogado, basados en el articulo 185-A del Código Civil, por cuanto no es contraria a derecho, a las buenas costumbres o a alguna disposición expresa de la Ley, y por cuanto el Fiscal del Ministerio Publico no objetó dicha solicitud, este Tribunal Administrando Justicia en nombre de la REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA, y por autoridad de la Ley declara CON LUGAR la presente acción de Divorcio. En consecuencia, disuelto por DIVORCIO el vínculo matrimonial que unía a los cónyuges: LUIS ENRIQUE DÍAZ PEREZ Y YUSNELLYS RENEE MONAGAS BLANCO, venezolanos, mayores de edad titulares de las cedulas de identidad NºV-12.585.490 y V-12.585.079, el cual contrajeron por ante el Registro Civil de la Parroquia El Recreo del Municipio San Fernando Estado Apure, en fecha 16 de Febrero del año 2007, según consta del Acta de Matrimonio N°49, acompañada. Y así se decide.

Liquídese la comunidad conyugal.

Publíquese, regístrese y cópiese.

Dada, firmada y sellada en la sala del despacho del Juzgado Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios San Fernando y Biruaca de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, a los Dos (02) días del mes de Julio del año Dos Mil Quince (2015). Año 205° de la Independencia y 156° de la Federación.
LA JUEZA, (FDO)
DRA. JEANNET AGUIRRE DELGADO

EL SECRETARIO, (FDO)
ABG. LENIN ALEXANDER POLANCO

Conforme lo ordenado se registro y publico sentencia siendo las 09:52 a.m.

EL SECRETARIO, (FDO)

ABG. LENIN ALEXANDER POLANCO
JA/lp/jl
Exp. N° 2211-15

Quien suscribe Abg. LENIN ALEXANDER POLANCO, Secretario del JUZGADO SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SAN FERNANDO Y BIRUACA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO APURE, CERTIFICA: Que la copia fotostática que antecede es traslado fiel y exacto de su original correspondiente a la sentencia dictada por este Tribunal en esta misma fecha, en el expediente Nº 2211-15, contentivo del juicio de DIVORCIO 185-A, instaurado por los ciudadanos: LUIS ENRIQUE DÍAZ PEREZ Y YUSNELLYS RENEE MONAGAS BLANCO, venezolanos, mayores de edad titulares de las cedulas de identidad NºV-12.585.490 y V-12.585.079 respectivamente. De cuya exactitud doy fe, firmando al pié de la presente certificación. En el Municipio Biruaca, a los dos (02) días del mes de Julio del año Dos Mil Quince (2015).-
El secretario,
ABG. LENIN ALEXANDER POLANCO.

JAD/LAP/jl
EXP Nº 2211-15