TRIBUNAL TERCERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SAN FERNANDO Y BIRUACA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO APURE.
San Fernando de Apure, 16 de Julio de 2.015
205° y 156°

SOLICITUD: 15-496
SENTENCIA: DEFINITIVA
MATERIA: CIVIL
PROCEDIMIENTO: TITULO SUPLETORIO
SOLICITANTE: ANA EMILIA
MARCANO ASCANIO.
FECHA DE ENTRADA 07 DE JULIO DE 2.015.
Vista la Solicitud Nº 15-496, presentada por la ciudadana ANA EMILIA MARCANO ASCANIO, venezolana, mayor de edad, soltera, de este domicilio, titular de la Cédula de Identidad N° V-10.616.553, quien ha solicitado le sean declaradas suficientes las probanzas evacuadas para asegurarse la propiedad y otros derechos sobre las bienhechurias que describen en su solicitud, vistas y oídas como fueron las mismas, así como las declaraciones de los testigos que se ordenó evacuar, encontradas conformes. Este Tribunal Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios San Fernando y Biruaca de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil y sin perjuicio de terceros de igual o mejor derecho, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley, DECLARA: TÍTULO SUPLETORIO DE PROPIEDAD Y POSESIÓN, suficiente sobre un conjunto de bienhechurias construidas sobre un lote de terreno del Municipio Biruaca, según consta en el Contrato de Arrendamiento con Opción a Compra, Aprobado en Sesión Ordinaria Nº 20, de fecha 03 de Junio del 2015, donde la Duración del Contrato es Dos (02) Años a partir del día Lunes 15 de Junio del 2015, quedando inserto en el Libro I, Tomo I, Folios 82 al 84, Segundo Trimestre del año 2015, debidamente otorgado por “EL ARRENDADOR” representado en este acto por la Sindica Procuradora Municipal Abog. SANTA MAGALIS NIEVES SIDRAN, de la Alcaldía del Municipio Biruaca, Estado Apure, con una superficie de terreno, de TRESCIENTOS SESENTA METROS CUADRADOS (360,00 M2). Ubicado específicamente en el Barrio 23 de Enero, del Municipio Biruaca, Estado Apure, cuyos linderos y medidas son los siguientes: NORTE: Rosana Rodríguez, CON DOCE METROS (12,00 Mts); SUR: Calle Principal 23 de Enero, CON DOCE METROS (12,00 Mts); ESTE: Casa de Fileno Corrales, CON TREINTA METROS (30,00 Mts); OESTE: Casa de Carmen Corrales, CON TREINTA METROS (30,00 Mts); y con dinero de su propio peculio, a sus solas y únicas expensas ha construido un conjunto de bienhechurias de las siguientes características: Una (01) casa con un área de construccion de 216 metros cuadrados (216,00 m2), de mampostería o bloques, techo de platabanda, piso de cerámica ventanas con protectores de hierro, constante de Tres (03) dormitorios con puertas de madera, Una (01) sala de recibo, Una (01) sala comedor, Una (01) cocina, Dos (02) baños internos con todos sus accesorios y puertas de maderas, garaje para tres (03) vehículos, Dos (02) cercas perimetrales de doce (12) metros cada una, en las cuales invirtió la suma de TRES MILLONES DE BOLIVARES (Bs 3.000.000.00). Bienhechurias que se determinan en la Solicitud y mediante Justificativo de los Testigos evacuados ante este Tribunal, a favor de la ciudadana ANA EMILIA MARCANO ASCANIO, plenamente identificada. Se ordena devolver las resultas a la Solicitante.
El Juez,

ABOG. FRANCISCO JAVIER PADRON.
La Secretaria Titular,

ABOG. MARIA MILAGRO ARANGUREN TOVAR.
En esta misma fecha se devuelven las presentes actuaciones, y consta de ( ) folios útiles, quedó anotado en el punto Nº ,al ,folio del libro diario.
La Secretaria Titular,

ABOG. MARIA MILAGRO ARANGUREN TOVAR.



SOLICITUD N°. 15-496.
FJP/MMAT/Yudit