TRIBUNAL TERCERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SAN FERNANDO Y BIRUACA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO APURE.
San Fernando de Apure, 27 de Julio de 2.015
205° y 156°

SOLICITUD: 15-517
SENTENCIA: DEFINITIVA
MATERIA: CIVIL
PROCEDIMIENTO: TITULO SUPLETORIO
SOLICITANTE: NEIDA BEATRIZ HIDALGO
FECHA DE ENTRADA 16 DE JULIO DE 2.015.
Vista la Solicitud Nº 15-517, presentada por la ciudadana NEIDA BEATRIZ HIDALGO, venezolana, mayor de edad, soltera, de este domicilio, titular de la Cédula de Identidad N° V-13.488.998, quien ha solicitado le sean declaradas suficientes las probanzas evacuadas para asegurarse la propiedad y otros derechos sobre las bienhechurias que describen en su solicitud, vistas y oídas como fueron las mismas, así como las declaraciones de los testigos que se ordenó evacuar, encontradas conformes. Este Tribunal Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios San Fernando y Biruaca de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil y sin perjuicio de terceros de igual o mejor derecho, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley, DECLARA: TÍTULO SUPLETORIO DE PROPIEDAD Y POSESIÓN, suficiente sobre un conjunto de bienhechurias construidas sobre un lote de terreno del Municipio Biruaca, según consta en la Carta Catastral, debidamente otorgada por el Director de Desarrollo Urbano Oficina de Catastro y Ejidos, representada por el T.S.U. ROBERTO CASTILLO, de la Alcaldía del Municipio Biruaca, Estado Apure, con una superficie de terreno, de TRESCIENTOS METROS CUADRADOS (300,00 M2). Ubicado específicamente en el Sector Cruz de Agua, Vía El Muertico, Zona Rural, del Municipio Biruaca, Estado Apure, cuyos linderos y medidas son los siguientes: NORTE: Prestamo, CON QUINCE METROS (15,00 Mts); SUR: Vía Principal El Muertico, CON QUINCE METROS (15,00 Mts); ESTE: Casa de Maria Hidalgo, CON VEINTE METROS (20,00 Mts); OESTE: Casa de Isaura Hidalgo, CON VEINTE METROS (20,00 Mts); y con dinero de su propio peculio, a sus solas y únicas expensas ha construido un conjunto de bienhechurias de las siguientes características: Una (1) casa de habitación construida por el sistema de mampostería, techo de platabanda, piso de cemento pulido, constante de: Tres (03) habitaciones, Dos (02) baños internos, una sala-comedor, una cocina, un corredor, ocho (08) ventanas panorámicas, dos (02) puertas de hierro y cinco (05) puertas de madera, servicios de Electricidad empotrada, aguas blancas o potable, aguas negras con su respectivo pozo séptico, con un área de construccion de Doce Metros (12,00Mts), de frente y Dieciocho Metros (18,00Mts) de fondo, en las cuales invirtió la suma de QUINIENTOS BOLIVARES (Bs 500.000.00). Bienhechurias que se determinan en la Solicitud y mediante Justificativo de los Testigos evacuados ante este Tribunal, a favor de la ciudadana NEIDA BEATRIZ HIDALGO, plenamente identificada. Se ordena devolver las resultas a la Solicitante.
El Juez,

ABOG. FRANCISCO JAVIER PADRON. La Secretaria Titular,

ABOG. MARIA MILAGRO ARANGUREN TOVAR.
En esta misma fecha se devuelven las presentes actuaciones, y consta de ( ) folios útiles, quedó anotado en el punto Nº ,al ,folio del libro diario.
La Secretaria Titular,

ABOG. MARIA MILAGRO ARANGUREN TOVAR.
SOLICITUD N°. 15-517.
FJP/MMAT/Yudit