REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
CORTE DE APELACIONES
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
CORTE DE APELACIONES DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DE LA
CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO APURE
San Fernando de Apure, 15 de julio de 2015.
205° y 156°.
CAUSA Nº 1Aa-3064-15.
JUEZA PONENTE: CINTHIA MARÍA MEZA CEDEÑO.
Corresponde a esta Alzada decidir con relación a la admisibilidad o no de la pretensión interpuesta en fecha 9-6-2015, por la Abg. Viviana Maritza Ortíz, en su condición de Defensora Pública del ciudadano SICAR DE JESÚS FERNÁNDEZ REYES, venezolano mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-12.195.621, contra la decisión dictada en fecha 2-6-2015, por la Jueza del Tribunal Primero de Primera Instancia en funciones de Control del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, extensión Guasdualito, Abg. Betty Ortiz Chacón, mediante la cual decretó en contra del ciudadano antes mencionado, medida cautelar de privación de libertad, por la presunta comisión del delito de contrabando de extracción, previsto y sancionado en el artículo 64 de la Ley Orgánica de Precios Justos. Esta Corte pasa a pronunciarse en los siguientes términos:
Por no configurarse ninguno de los supuestos de inadmisibilidad establecidos en el artículo 428 del Código Orgánico Procesal Penal, se admite la pretensión de conformidad con el numeral 4 del artículo 439 eiusdem, más no por el 5, al estar claro que el auto impugnado es el que declaró la procedencia de una medida cautelar privativa de libertad.
En cuanto a las pruebas ofrecidas por la Abg. Viviana Maritza Ortíz, consistentes en copias certificadas de la decisión recurrida, esta Corte las declara inadmisibles por innecesarias, toda vez que la revisión de la misma es obligatoria para esta Alzada.
Este Tribunal Superior se reserva el lapso establecido en el tercer aparte del artículo 442 de la ley adjetiva penal, para resolver la cuestión planteada.
EDWIN ESPINOZA COLMENARES
JUEZ PRESIDENTE DE LA CORTE DE APELACIONES
CINTHIA MARÍA MEZA CEDEÑO
JUEZA SUPERIOR (PONENTE),
JUAN CARLOS GOITIA GÓMEZ
JUEZ SUPERIOR
MÓNICA CALDERÓN
LA SECRETARIA
EEC/CMMC/JCGG/MC/rb.
1Aa-3064-15.